Protocolo de prevención y organización de los servicios complementarios, actividades extraescolares y otras actividades permitidas en los centros educativos de CyL para el curso escolar 2021/2022.
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15 de julio de 2021
PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y OTRAS ACTIVIDADES PERMITIDAS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL CURSO ESCOLAR 2021/2022
Una vez que ha sido publicado el Protocolo de Prevención y Organización de los centros educativos para el curso escolar 2021-2022, se hace preciso concretar algunos de los aspectos en él recogidos, que por su singularidad o especificidad requieren de un mayor detalle, como son la gestión de los servicios complementarios de comedor y transporte, así como la ampliación de las medidas para la realización de determinadas actividades que se desarrollan en los centros educativos relativas a madrugadores, tardes en el cole o el desarrollo de las actividades extraescolares u otras actividades permitidas en los centros educativos. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento del resto de medidas recogidas en el Protocolo que sean de aplicación en las aulas o espacios en las se presten los servicios o se desarrollen las actividades anteriormente señaladas.
1.- Comedores.
En la prestación de los servicios de comedor será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas del presente protocolo, así como todas aquellas que sean de aplicación del Protocolo de organización y prevención en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022.
La organización del comedor escolar garantizará las medidas de higiene y el distanciamiento de 1,5 m entre el alumnado. Se zonificará el espacio según los grupos estables de convivencia que se hayan organizado en el centro para evitar en la medida de lo posible la interacción entre ellos, procurando, en lo posible, que el alumnado ocupe siempre el mismo lugar en el comedor.
En todos los comedores escolares deberá estar disponible gel hidroalcohólico, tanto en la entrada del mismo, como en aquellos lugares donde sea preciso.
De forma concreta se establecen las siguientes medidas:
2.- Transporte.
El aforo del transporte escolar colectivo no se verá reducido, siendo obligatorio el uso de mascarilla a partir de los 6 años de edad, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico, y recomendable de 3 a 5 años. Cada alumno utilizará durante todo el curso académico el asiento que se le asigne, siendo además obligatorio el cumplimiento de todas las medidas recogidas en el presente protocolo.
Para la organización del transporte escolar las direcciones provinciales de educación, a través de las comisiones provinciales correspondientes, harán seguimiento y marcarán pautas para la coordinación que los directores de los centros, en el ámbito de su competencia, establezcan con los contratistas responsables de las rutas de transporte las posibles adaptaciones y flexibilización de horarios que pudieran derivarse de la aplicación del presente protocolo.
De forma concreta se establecen las siguientes medidas:
3.- Madrugadores y tardes en el cole.
En la prestación de los servicios de madrugadores y tardes en el cole será obligatorio el cumplimiento de todas las medidas del presente protocolo, así como todas aquellas que sean de aplicación del Protocolo de organización y prevención en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2021/2022.
4.- Actividades extraescolares.
A.- Medidas Generales
Se define la figura del responsable de la actividad como la persona que desarrolla la actividad extraescolar, que es responsable del grupo de alumnos que participan en la actividad. Esta persona está obligada al cumplimento de los aspectos contemplados en los protocolos establecidos y tiene que conocer y aplicar el plan de contingencia COVID del centro educativo donde se desarrolla la actividad.
B.- Medidas específicas
B1.- Tipos de agrupamientos
Los agrupamientos permitidos en las actividades extraescolares realizadas en el centro educativo son:
B.2.- Requisitos de participación
Para participar en una actividad extraescolar un alumno cumplirá con los siguientes requisitos
B.3.- Condiciones de realización
Protocolo centros educativos | Ciudadanos (saludcastillayleon.es)
5.- Desarrollo de otras actividades autorizadas en los centros educativos.
En lo relativo a la organización de otras actividades, puede haber medidas que limiten el desarrollo de ciertas actividades o metodologías, que se podrán flexibilizar, adaptándose al momento epidemiológico, siendo más o menos restrictivas según la valoración riesgo-beneficio del momento, como el desarrollo de actividades complementarias fuera del centro, campeonatos deportivos, certámenes, festivales culturales, etc. En todo caso, los centros deberán consultar previamente, con su inspector o inspectora de referencia, la puesta en marcha de cualquier actividad que pudiera suponer el incumplimiento de cualquiera de las medidas recogidas en el presente protocolo.
Se permitirá que durante los meses de septiembre y junio, correspondientes al curso académico 2021/2022, las AMPAS organicen actividades de conciliación, siempre que las mismas cumplan con las medidas establecidas en este protocolo y cualquier otro que les sea de aplicación.