Instrucción de 19 de abril de 2021. Medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas no universitarias. Curso 2020-21.
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19 de abril de 2021
Instrucción de 19 de abril de 2021 de la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa y de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa por la que se establecen medidas en materia de ordenación y organización de las etapas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de personas adultas, durante el curso académico 2020/2021.
A comienzos del presente curso académico la Consejería de Educación elaboró el Protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en los centros educativos de Castilla y León para el curso escolar 2020/2021, y dictó la Orden EDU/1194/2020, de 5 de noviembre, por la que se establecen medidas urgentes en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de formación profesional, artísticas y deportivas en la Comunidad de Castilla y León y la Orden EDU/1553/2020, de 22 de diciembre, por la que se establecen medidas en materia de ordenación y organización de las enseñanzas de idiomas, en la Comunidad de Castilla y León.
Por su parte, la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa publicó la Resolución de 6 de julio de 2020, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 6 de julio de 2020, para la unificación de las actuaciones de los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias en Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2020/2021, en la que se establecían una serie de medidas de carácter educativo, con el objeto de orientar la actuación de los centros docentes ante la situación generada por la COVID-19 durante el presente curso académico.
Situándonos en el marco definido por la normativa básica y autonómica vigente, procede concretar para nuestra Comunidad Autónoma las medidas que han sido ya motivo de regulación desde la Consejería de Educación, referidas a algunos de los procesos educativos y organizativos más destacados que se desarrollan en los centros educativos, en especial los de evaluación, promoción y titulación en las diferentes enseñanzas, dando repuesta a algunos de los aspectos fundamentales que los centros educativos deben afrontar en el final del presente curso académico.
Por ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 7 y 10 del Decreto 25/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, a la Dirección General Centros, Planificación y Ordenación Educativa y a la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, éstas han considerado conveniente dictar la siguiente
INSTRUCCIÓN
Primera. Objeto, ámbito de aplicación y vigencia.
Segunda. Evaluación en las diferentes enseñanzas.
Tercera. Alumnado con áreas, materias o módulos pendientes del curso académico 2019/2020.
Cuarta. Evaluación del alumnado que no ha asistido de forma regular al centro educativo por motivo del COVID-19 durante el curso académico 2020/2021.
Quinta. Promoción o titulación del alumnado de las diferentes enseñanzas en el curso académico 2020/2021.
Sexta. Inspección educativa.
La inspección educativa realizará las actuaciones necesarias, dentro del marco de sus funciones y atribuciones, para asesorar y apoyar a los centros educativos en relación con las medidas recogidas en la presente Instrucción.
Séptima. Vigencia
Esta Instrucción tendrá efecto hasta la finalización de los diferentes procesos educativos correspondientes al presente curso académico 2020/2021.
Valladolid 19 de abril de 2021
EL DIRECTOR GENERAL
DE CENTROS, PLANIFICACIÓN
Y ORDENACIÓN EDUCATIVA
EL DIRECTOR GENERAL
DE FORMACIÓN PROFESIONAL,
RÉGIMEN ESPECIAL
Y EQUIDAD EDUCATIVA