Oposiciones 2019. Fecha de exposición de los listados de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros. BOCYL 29/07/2019.

  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Maestros

29 de julio de 2019


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se anuncia la fecha de exposición por las Comisiones de Selección de los listados de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros y de los declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del citado Cuerpo, convocados por la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero.


 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. Oposiciones y Concursos

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se anuncia la fecha de exposición por las Comisiones de Selección de los listados de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros y de los declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del citado Cuerpo, convocados por la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero.

Mediante Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, se convocó el procedimiento selectivo de ingreso y adquisición de nuevas especialidades, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en el cuerpo de Maestros, estableciéndose en los apartados vigesimosegundo.6 y vigesimoctavo.2 que las comisiones de selección expondrán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación de la localidad donde se celebraron las pruebas selectivas, los listados de aspirantes seleccionados que han superado las fases de oposición y concurso así como los aspirantes declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades en la fecha que se establezca por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos.

En su virtud,

RESUELVO

Primero.– Fecha de la publicación de los listados.

Anunciar la exposición el día 30 de julio a partir de las 13:00 horas, en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación de las localidades donde se celebraron las pruebas selectivas, de los siguientes listados derivados de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, por la que se convocó el procedimiento selectivo de ingreso y adquisición de nuevas especialidades, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en el cuerpo de Maestros:

  • a) Listados de los opositores seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros ordenados según la puntuación global obtenida, con indicación de los aspirantes que lo hayan superado por el turno de reserva de discapacidad acreditada, así como de la provincia de adscripción para la realización de la fase de prácticas.
  • b) Listados de funcionarios declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.

Segundo.– Recursos a los listados.

De acuerdo con los apartados vigesimosegundo.6 y vigesimoctavo.2 de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, contra estos listados los opositores podrán presentar recurso de alzada ante el Director General de Recursos Humanos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero.– Adjudicación de destinos.

La adjudicación del correspondiente centro a los opositores que hayan superado el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros se realizará de conformidad con la Resolución de 24 de mayo de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocó, para el curso 2019/2020, proceso de adjudicación informatizada de destinos provisionales para los funcionarios de carrera y en prácticas de los cuerpos docentes de las enseñanzas no universitarias.

Cuarto.– Plazo y presentación de documentación.

1. En el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de los listados previstos en el apartado primero, los opositores seleccionados deberán presentar en la dirección provincial de educación de la provincia en la que deban realizar la fase de prácticas y por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la siguiente documentación:

  • a) Copia del documento nacional de identidad vigente o del NIF en el caso de no figurar la letra en aquél. Para opositores de nacionalidad distinta a la española se presentará documento de identidad de su país o del pasaporte en vigor, así como la tarjeta de residente, en los casos que así lo exija la normativa legal vigente.
  • b) Copia del título exigido para el ingreso en el cuerpo o certificación académica original, y en el supuesto de que haya sido obtenido en el extranjero del título alegado junto con la credencial que acredite su homologación o su reconocimiento conforme se indica en el apartado tercero.2.b) de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero.
  • c) Certificación del órgano competente que acredite, respecto a quienes se presentaron por el turno de reserva de discapacidad acreditada, la condición y la compatibilidad con el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del mencionado cuerpo y especialidad por la que han sido seleccionados.
  • d) Escrito de solicitud de aplazamiento de la fase de prácticas, en su caso, junto con la documentación justificativa.
  • e) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, salvo que se otorgue a la Consejería de Educación la autorización para recabar los correspondientes datos derivados del apartado segundo.1.a) 6.º de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, conforme al modelo disponible en el Portal de Educación (http://www.educa.jcyl.es).

2. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar documentalmente ante la dirección provincial de educación a la que hayan sido adscritos las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar en tal caso:

  • a) Copia del documento nacional de identidad.
  • b) Certificación u hoja de servicios de la dirección provincial de educación, o del ministerio u organismo del que dependan, para acreditar tal condición. En esta certificación que reflejará expresamente que cumplen todos los requisitos que se exigen para participar por ese procedimiento, deberán figurar de modo expreso los siguientes datos:
    • 1) Indicación del cuerpo, área o especialidad al que pertenecen, número de Registro de Personal y si se encuentran en situación administrativa de servicio activo.
    • 2) Número de años como funcionario de carrera.
    • 3) Lugar y fecha de nacimiento.
    • 4) Título académico que posee y fecha de expedición.
  • Si en la certificación no puede hacerse constar alguno de los requisitos exigidos para el ingreso en el cuerpo de maestros por no obrar en los expedientes personales de los interesados, éstos deberán remitir separadamente la documentación que los acredite.

3. Conforme a lo previsto en el apartado vigesimotercero.3 de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado segundo de la convocatoria, decaerán de todos sus derechos a ser nombrados funcionarios en prácticas y/o de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

4. Asimismo, la calificación de «aptos» de los participantes seleccionados en el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades, queda condicionada a la comprobación de reunir los requisitos exigidos en el apartado segundo. 2 de la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero.

Quinto.– Publicidad.

Con el fin de dar la mayor publicidad posible a la presente resolución y a los listados a los que se hace referencia en el apartado primero, serán objeto de publicidad el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es)

Asimismo dicha información podrá obtenerse a través del servicio telefónico 012 de información y atención al ciudadano (para llamadas desde fuera de la Comunidad autónoma de Castilla y León 983 327 850).

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 22 de julio de 2019.

El Director General 
de Recursos Humanos, Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea​

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