Gerencia de Valladolid.- Jornada reducida por fiestas locales

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4 de marzo de 2022

Como viene siendo habitual, y tras la negociación con CSIF y el resto de organizaciones sindicales, la Gerencia de Valladolid dictará en los próximos días RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE LA JORNADA REDUCIDA POR FIESTAS LOCALES EN EL ÁMBITO DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE JUSTICA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID PARA EL AÑO 2022.

 

Las fechas acordadas son las siguientes:

PROVINCIA DE LEÓN

  • León capital: 27,28,29, 30 junio y 1 de julio
  • Astorga: 19,23,24,25 y 26 de agosto.
  • La Bañeza: 11,12,17,18 y 19 de agosto.
  • Cistierna: 2,5,6,7 y 9 de septiembre.
  • Ponferrada:  1,2,5,6 y 7 de septiembre.
  • Sahagún: 10,14, 15,16 y 17 de junio.
  • Villablino: 11,12,17,18 y 19 de agosto.

PROVINCIA DE PALENCIA

  • Palencia capital: 29,30,31 de agosto y 1 y 5 de septiembre.
  • Carrión de los Condes: 19,22,24,25 y 26 de agosto.
  • Cervera de Pisuerga: 11,12, 16, 18 y 19de agosto.

PROVINCIA DE SALAMANCA

  • Salamanca capital: 9,12,13,14 y 15 de septiembre.
  • Béjar: 5,6,7,12 y 13 de septiembre.
  • Ciudad Rodrigo: 2,5,6,7 y 9 de septiembre.
  • Peñaranda de Bracamonte: 23,26,27,28 y 30 de septiembre.
  • Vitigudino: 9,10,13, 14 y 15 de junio.

PROVINCIA DE VALLADOLID

  • Valladolid capital: 2,5,6,7 y 9 de septiembre.
  • Medina del Campo: 1,5,6,7 y 8 de septiembre.
  • Medina de Rioseco: 27,28, 29, 30 de junio y 1 de julio

PROVINCIA DE ZAMORA

  • Zamora capital: 24,27,28, 30 de junio y 1 de Julio.
  • Benavente: 10,13,14,16 y 17 de junio
  • Puebla de Sanabria: 5,6,7,9 y 12 de septiembre.
  • Toro: 3,7,8,9 y 10 de junio
  • Villalpando: 11,12,17,18 y 19 de agosto.

La jornada de trabajo durante los días laborables que incluyen los periodos señalados será de 9:00 a 14.00 horas.

El personal que se encuentre en servicio de guardia de permanencia semanal o de disponibilidad, durante todas o alguna de las indicadas fechas, y hubiera rebasado el horario de trabajo en cómputo semanal, podrá compensar el exceso de horas trabajadas a lo largo del mes o, en su caso, al mes siguiente, dentro del horario flexible.

En cualquier caso, habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, con respecto a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las quince horas.

Saludos.

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