Recorte de plazos posesorios en Sescam en el Concurso de Traslados. ¡Un asalto a mano armada!

13 de octubre de 2021

- El Sescam modifica por la puerta de atrás el decreto que regula el derecho de días de incorporación y toma de posesión a un nuevo destino

Ya informamos el pasado 9 de julio (El Sescam incumple y reduce los plazos de resolución del Concurso de Traslados) y ahora lo vemos plasmado textualmente en las instrucciones remitidas el pasado 5/10/2021 y lo veremos reflejado, desgraciadamente, en la resolución definitiva del Concurso de Traslados del próximo 15/10/2021 donde el Sescam resta días de plazos posesorios a los trabajadores.

Y lo hacen de modo impositivo, copiando a sus antecesores, mediante la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación, donde se cambia sin informar en Mesa Sectorial el Decreto 170/2009 que regula el Concurso de Traslados: disminuyen sustancialmente el derecho de días de incorporación y toma de posesión a un nuevo destino pasando de 15 a 3 días cuando el trabajador se traslade de una plaza a otra en distinta localidad y misma Área de Salud.

Igualmente, si se traslada de distinta localidad y diferente Área de Salud pasa de 1 mes a 3 días; y de diferente provincia pasa de 1 mes a 15 días. De esta forma se comprueba cómo el Sescam, por la puerta de atrás, hace y deshace a su antojo sin informar a los representantes sindicales elegidos por los trabajadores y perjudicando siempre a sus trabajadores. 

Y por si no fuera poco vuelven a especificar en dichas instrucciones y resolución que los plazos posesorios además de reducirlos en el tiempo, no computan para el cómputo de méritos para la próxima movilidad interna y externa de los trabajadores, aún siendo un derecho reflejado en el Estatuto Marco Ley 55/2003.

Tampoco computarán para el siguiente Concurso de Traslados (movilidad interna y externa) el período durante en el que se encuentran durante una licencia maternal, incapacidad temporal, permisos, si no pueden incorporarse de forma presencial en el momento de la publicación por dicha situación al nuevo puesto de trabajo. 

Además realizan diferencia entre ceses y tomas de posesión a los trabajadores en función de la adjudicación de plazas vacantes o plazas resultas. 

Generando por tanto DISCRIMINACIÓN Y DESIGUALDAD entre unos trabajadores y otros por la situación en la que se encuentran. 

Y toda ésta reducción en sus derechos a trabajadores que están dando todo durante la pandemia. 

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