OPOSICIONES ESTABILIZACIÓN (2023 Y 2024)

19 de diciembre de 2022

Primeras informaciones sobre el sistema de concurso-oposición correspondiente a plazas de estabilización

Tras dos mesas técnicas en las que se han tratado los borradores de Órdenes por las que se convocarán los procesos selectivos vía concurso-oposición (RD 270/2022) correspondiente a plazas de estabilización (oposiciones de 2023 para resto de cuerpos y 2024 para maestros), os vamos adelantando determinadas concreciones que, si bien AÚN PUEDEN SER OBJETO DE VARIACIÓN (nada es definitivo mientras se negocia), nos parece importante iros adelantando:

-TRIBUNALES:

  • Desde CSIF observamos que esta es la única Consejería que aplica la paridad en la formación de tribunales de procesos selectivos a la que se alude en las bases (Ley de Igualdad). El artículo al que se hace referencia contempla que “salvo por razones fundadas y objetivas, se garantizará en los tribunales una representación equilibrada de mujeres y hombres”. Nuestro sindicato solicita que se considere la desigual representación de hombres y mujeres en el censo de funcionarios de determinadas especialidades (que en el caso de cuerpos docentes no supone infrarrepresentación de la mujer, sino más bien al contrario), una razón “fundada y objetiva” que ampare la no aplicación de la paridad tal y como se viene haciendo, que produce que los compañeros hombres, en la práctica, formen parte de los tribunales en todos los procesos que se convoquen. La Administración considera que debe continuar aplicándose, independientemente del número de mujeres u hombres de cada especialidad, en todos los procedimientos de acceso a la función docente.
  • Al continuar el debate, la siguiente cuestión es en torno a las causas de dispensa para no ser miembro de tribunal. Se propone como eximente el haber formado parte de tribunal en la última oposición (2021 y 2022 según cuerpo). Parece que la Administración lo admitirá (lo que aliviará la cuestión anterior).
  • Solicitamos también que se vuelvan a incorporar los eximentes relativos a cuidados (menores de 3 años y mayores con dependencia acreditada), pero se expone como inviable para componer el elevado número de tribunales requeridos.
  • Seguirán admitiéndose las situaciones de reducción de jornada en mayo-junio, jubilación solicitada (cese antes del 20 de julio), equipos directivos (no incluidos jefes/as de estudios adjuntos) y personas que estén trabajando en Consejería o en dispensa sindical.

-PRUEBAS:

  • Como marca el RD para estos procesos, la fase de oposición consistirá en una única prueba, dividida en Parte A (temas) y Parte B (UD única, a elección del aspirante).
  • Se mantiene la excepcionalidad contemplada para las situaciones de fuerza mayor y parto, debidamente acreditadas, también para el acto de presentación. CSIF agradece a la Administración que mantenga esto, que veníamos demandando prácticamente en solitario desde 2018. En anteriores años se generaban situaciones de agravio y desamparo que, especialmente en el caso de las aspirantes madres, resultaban lesivas.
  • CSIF vuelve a insistir en solitario (como lleva haciendo desde 2018) en una mayor transparencia del sistema de plicas. Por fin parece que se consigue que cobre sentido este sistema, mediante una publicación (previa al acto de apertura de plicas) de los listados de calificaciones asociados a su número de plica.
  • Pruebas prácticas: en FP sólo habrá prueba práctica en la especialidad de Cocina y Pastelería. CSIF solicitó que se mantuviera el práctico en las especialidades de Conservatorio y en Música (maestros). Las primeras serán finalmente con prueba práctica y sobre la segunda, tras mucho insistir por nuestra parte, la Administración va a valorar su mantenimiento (todas las CCAA que se han manifestado mantienen la prueba en esta especialidad, tal y como se hizo durante los años 2007-2010, en el anterior proceso transitorio dirigido a una estabilización).
  • En la UD se entregará con cierta antelación el documento escrito, que será valorado con hasta un 20% de la nota de esa Parte B (a concretar cuánto por las comisiones de selección). Se requerirán ciertas características formales (tipo y tamaño de letra, interlineado, etc.).
  • Ponderación notas: Parte A (tema)=40%; Parte B=60%. En las especialidades con examen práctico (B2), éste computará un 40% de la Parte B (y la UD un 60%).
  • Parte B (preparación, presentación, exposición y defensa de una UD): parece que los tiempos máximos serán 10’ preparación, 45’ exposición y 15’ debate (si lo hubiera).

-BAREMO:

  • Se solicita que se aplique, con respecto al expediente académico, la baremación de anteriores procesos (1-1,5 puntos): la Administración decide aplicar el mismo que en el Concurso de Méritos Extraordinario (0,5-1,5 puntos).

En próximos días se abordará el tema del reparto de plazas entre especialidades para los procesos selectivos de todos los cuerpos excepto Maestros, correspondientes a la OPE de reposición que se llevará a cabo en 2024. Os recordamos que este concurso-oposición se regirá por el otro sistema y baremo (RD 276), con pruebas eliminatorias y menor peso de la experiencia docente y méritos de cara a la fase de concurso. No obstante, todo apunta a que en las cuestiones comunes del procedimiento se mantengan las mejoras descritas en los procesos de estabilización. Os seguiremos informando.

Para cualquier duda o cuestión, podéis escribirnos a ense39@csif.es o utilizar nuestro servicio de consultas por WhatsApp para afiliados.

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