El Gobierno modifica por decreto la Ley de temporalidad para ‘repescar’ a personas suspendidas en anteriores procesos de estabilización
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5 de julio de 2023

CSIF TE INFORMA
PROCESOS ESTABILIZACIÓN 2022 EN AGCA: El Gobierno modifica por decreto la Ley de temporalidad para ‘repescar’ a personas suspendidas en anteriores procesos de estabilización.
-La modificación es un parche y una nueva improvisación del Gobierno: generará situaciones de desigualdad entre administraciones y dificulta identificar las plazas.
El Gobierno ha modificado por decreto la Ley 20/2021 de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público, con el fin de dar una segunda oportunidad a personas que no hubieran superado un proceso de estabilización de empleo temporal previo a la entrada en vigor de la citada norma.
Esta modificación fue incluida en un Real Decreto-Ley que aprobó el último Consejo de Ministros, por el que se adoptan diferentes medidas de respuesta frente a la guerra en Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de la Palma y de conciliación, entre otras. La norma, impulsada sin consultar a los sindicatos, autoriza a las administraciones públicas a sacar a concurso una tasa adicional de plazas ocupadas por personal temporal, de manera previa al 1 de enero de 2016, que no hubiera superado un proceso de estabilización distinto al contemplado en la Ley.
Se da la circunstancia de que, cuando la Ley de Estabilización se encontraba en trámite parlamentario, muchas comunidades autónomas ya tenían convocados procesos de estabilización cuyos aspirantes no se beneficiaron de los supuestos contemplados en esta norma, tal y como advirtió en su momento la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas.
Por tanto, desde CSIF entendemos que esta nueva modificación es un ‘parche’ que volverá a generar situaciones de desigualdad ya que las diferentes administraciones no están obligadas a convocar estas plazas y cabe la posibilidad de que algunas no hagan uso de esta tasa adicional.
Además, esta nueva regulación plantea dificultades a la hora de cuantificar las plazas que deben ir a esa tasa adicional dado que muchas personas que las ocupaban ya han superado otro proceso selectivo. Por otra parte, al tratarse de procesos selectivos de libre concurrencia de personas procedentes de otras administraciones habrá personal interino que no consiga la fijeza.
Una vez más, el Gobierno evidencia la improvisación y falta de liderazgo ante el problema endémico de la temporalidad en nuestras administraciones públicas. Esta nueva modificación normativa constata que la actual Ley adolece de mecanismos estrictos para dar una respuesta adecuada a todas las situaciones de temporalidad y poner fin al abuso de esta contratación, como ya denunciamos.
En la actualidad, según datos de la Encuesta de Población Activa, hay más de 1,1 millones de personas en situación de temporalidad en las administraciones públicas, lo que supone un 31 por ciento del total. Los procesos de estabilización están en marcha y deben estar concluidos a 31 de diciembre de 2024, cuando la tasa de temporalidad no deberá superar el 8 por ciento para dar cumplimiento a los requerimientos de la Unión Europea.
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado número 154 de fecha 29 de junio de 2023, el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
Extracto del texto normativo:
“... Artículo 217. Garantía del derecho de acceso a los procesos derivados de la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público. Se autoriza una tasa adicional a las Administraciones Públicas para que convoquen procesos selectivos conforme a la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para reducir la temporalidad en el empleo público, con la finalidad de garantizar en todo el territorio el derecho de acceso a los procesos de estabilización en condiciones de igualdad. El número de plazas de la tasa adicional será el equivalente a aquellas de naturaleza estructural, ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con una relación de esa naturaleza anterior al 1 de enero de 2016, que no hubiera superado el proceso de estabilización convocado con un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Las ofertas de empleo público deberán estar aprobadas antes del 31 de diciembre de 2023, y las convocatorias resueltas antes del 31 de diciembre de 2024, ajustándose a los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia. ...”
Ver el Real Decreto-ley 5/2023 completo en BOE nº 154.
Mas información en nuestra sección Estabilización del empleo público AGCA.
Continuaremos informando de todas las novedades. Canarias, a 5 de julio de 2023.