CSIF SE OPONE A LA MODIFICACIÓN DE LA JORNADA INTENSIVA DEL PROFESORADO SIN NEGOCIACIÓN PREVIA

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10 de mayo de 2023

CSIF PRESENTA RECLAMACIÓN CONTRA LA MEDIDA DE RETIRAR LA JORNADA INTENSIVA DE LOS CENTROS DE INFANTIL Y PRIMARIA Y SOLICITA MEDIDAS CAUTELARES PARA QUE NO SE APLIQUE EN EL PRESENTE CURSO ESCOLAR ANTE LA FALTA DE NEGOCIACIÓN.

Solicitud Reclamación Dgip Suspensión Jornada Intensiva

A la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa;
ante el incumplimiento de las materias objeto de negociación en la Administración Pública.


CSIF EDUCACIÓN CANARIAS, en calidad de representantes del colectivo docente, ante esa Dirección General comparece y expone:

  1. Que la Resolución de 21 de abril de 2021, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2021/2022, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, y normas similares de cursos anteriores, establece:

RESUELVO: TERCERO. 8. En los niveles de Educación  Infantil y Primaria, y en los centros de educación especial, las clases se impartirán en régimen de jornada intensiva en el periodo que va desde la fecha de comienzo hasta el 17 de septiembre, y a partir del 1 de junio, hasta la finalización de las clases. El horario lectivo del alumnado se disminuirá en una hora diaria al final de la jornada, realizándose las correspondientes adaptaciones. El día 20 de septiembre se iniciará la jornada ordinaria de clases según la modalidad que el centro tenga autorizada.

RESUELVO: CUARTO. 4. En Educación Infantil y Primaria, y en los centros de educación especial, durante el periodo de jornada intensiva del mes de junio, hasta la finalización de las actividades lectivas, el horario de permanencia del profesorado en el centro se disminuirá en una hora diaria al final de la jornada establecida, realizándose las correspondientes adaptaciones. En todo caso, durante el período de jornada intensiva, se mantendrá la realización de las horas de carácter no lectivo y de periodicidad fija (exclusiva), pudiendo cada centro organizarlas, por acuerdo del Claustro, en función de sus necesidades organizativas y de la atención a padres, madres o tutores legales del alumnado.

  1. Que la Resolución de 6 de abril de 2022, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2022/2023, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece:

    RESUELVO: CUARTO. 3. En educación infantil y educación primaria, y en los centros de educación especial, durante el periodo de jornada intensiva prevista en el resuelvo tercero, punto 9, las horas de carácter no lectivo y de periodicidad fija (exclusiva) podrán ser organizadas por cada centro, según acuerdo del Claustro, en función de sus necesidades organizativas, con el fin de dar continuidad al trabajo conjunto de los equipos docentes y de atender a padres, madres o tutores legales del alumnado.
     
  2. Que la Resolución de 4 de abril de 2023, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2023/2024, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, no contempla el supuesto de jornada intensiva en el mes de junio.
     
  3. Que tal y como se desprende de lo referido en el punto II.- de la presente reclamación, la propia Administración admite la necesidad de coordinar el trabajo no lectivo, el cual se incrementa en el mes de junio con sesiones de evaluación, memorias, informes, inventarios, y otras tantas tareas burocráticas a las que esta Consejería somete al personal docente y Equipos Directivos, y que se empeña en multiplicar en los momentos críticos del curso escolar.
     
  4. Que se detecta una modificación sustancial del horario y condiciones de trabajo del profesorado de las etapas infantil y primaria, entre los cursos 2021/2022 y 2023/2024, sin que haya mediado negociación alguna a tal efecto.
     
  5. Que el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en su art-37. Materias objeto de negociación, establece:
 
  1. Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, las materias siguientes:

k) Las que afecten a las condiciones de trabajo y a las retribuciones de los funcionarios, cuya regulación exija norma con rango de ley.


m) Las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos,
movilidad funcional y geográfica, así como los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo de los empleados públicos.

 

En base a lo expuesto,

CSIF EDUCACIÓN CANARIAS SOLICITA, que esa Dirección General proceda con carácter urgente a convocar a los órganos de negociación, así como a dictar cuantas instrucciones sean necesarias en orden a suspender la ejecutividad de:


Resolución de 6 de abril de 2022, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la 1organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2022/2023, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
Resolución de 4 de abril de 2023, por la que se establece el calendario escolar y se dictan instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización del curso 2023/2024, para los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias

en cuanto dejan sin efecto el derecho adquirido de la jornada intensiva que se viene realizando con normalidad, adoptando asimismo como medida cautelar el que se habilite la jornada intensiva durante el presente curso escolar 2022-2023 y hasta tanto se negocie y se apruebe las normas de finalización, todo ello ante la falta de negociación colectiva, dictando asimismo cuantas órdenes, resoluciones e instrucciones sean precisas a tal fin.


En Santa Cruz de Tenerife, a 8 de mayo de 2023

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