Permisos que corresponden por las elecciones del 23 de julio de 2023
21 de Julio de 2023

CSIF INFORMA

Permisos que corresponden por las elecciones del 23 de julio de 2023.

Debido a las numeras preguntas de muchas empleadas y empleados públicos, informamos sobre los permisos que proceden con ocasión de la convocatoria de elecciones a las Cortes Generales, que se celebrarán el día 23 de julio de 2023.

CSIF informa a los trabajadores y las trabajadoras sobre los permisos laborales de cara a las elecciones del 23 de julio y tramitación en SICHO.

Ver 23J: guía básica sobre las elecciones generales y el proceso electoral.

Permisos y tramitación en SICHO:

Concepto

Duración

Regulación

SICHO/Requisito

Ejercicio del derecho al voto (los que presten servicio el 23J) Hasta 4 horas o reducción proporcional:
a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas, pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
Art. 13.1 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. 9A (DEBER INEXCUSABLE) / Certificado de la mesa
Ejercicio del derecho al voto (los que presten servicio el 23J y se encuentren lejos) Hasta 4 horas libres del trabajo. Art. 13.2 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales.
Ejercer de presidente, vocal o interventor/a de la mesa Durante el día de la votación a un permiso retribuido de jornada completa, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior. Art. 13.3 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. 9A (DEBER INEXCUSABLE) / Nombramiento y documento acreditativo de la asistencia
Apoderado de un partido Durante el día de la votación a un permiso retribuido de jornada completa, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal. Art. 13.4 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales.
Candidato de un partido Durante la campaña electoral. Art. 13.5 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. PERMISO POR CAMPAÑA ELECTORAL (en Mis Solicitudes) / Documento acreditativo del nombramiento
Personal colaborador el 23J (personal funcionarial o laboral a cualquiera de las Administraciones públicas) Sin permiso, ya que tiene derecho a gratificaciones e indemnizaciones. Dichos permisos no resultan de aplicación al personal que forma parte del dispositivo electoral indicado; es decir, no tienen derecho al mismo los Policías Locales que vigilan los colegios, los colaboradores de las elecciones, los funcionarios representantes de la Administración en las Mesas y la Secretaría General, puesto que perciben las oportunas retribuciones por parte de la Delegación del Gobierno para prestar sus servicios durante toda la jornada electoral. Art. 6 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. ---
Consulte más información en: sección de permisos.


Descargar guía de Permisos para Votar de CSIF


Más información en:


Canarias, a 21 de julio de 2023.

CSIF, sector autonómico de Canarias