UVA. Oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad de Valladolid para el año 2022. BOCYL 14/11/2022.

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14 de noviembre de 2022


UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de octubre de 2022, por el que se aprueba la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad de Valladolid para el año 2022.


I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de octubre de 2022, por el que se aprueba la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad de Valladolid para el año 2022.

La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 312, de 29 de diciembre de 2021, establece, en su artículo 20.Uno.3.I), una tasa de reposición del 120 por ciento para las plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, siempre que por parte de las administraciones públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.

Asimismo, en el párrafo segundo de dicho artículo dispone que dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.

De acuerdo con lo previsto en el punto siete de dicho artículo, el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, comunicada a la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, en función de número de profesores, tanto funcionarios de carrera como profesorado contratado laboral fijo, que durante el año 2021 han dejado de prestar servicios en esta Universidad, asciende a ciento una plazas.

Asimismo, el apartado Dos del citado artículo 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, señala que la validez de la tasa autorizada estará condicionada, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del EBEP, a que las plazas resultantes se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización de cada año.

La validez de dicha autorización estará igualmente condicionada a que la convocatoria de las plazas se efectúe mediante publicación de la misma en el Diario oficial de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se incluyan las citadas plazas, con los requisitos establecidos en el párrafo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Finalmente, de acuerdo con el artículo 19. Uno. 7, de la mencionada Ley 11/2020, de 30 de diciembre, «no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna»; de forma que, conforme a la actual redacción del artículo 62.2 de Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (consecuencia de los cambios legislativos introducidos por la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre), se incluyen veintitrés plazas de catedrático de universidad por promoción interna.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, hasta 5 de las plazas autorizadas se destinarán a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que acrediten el cumplimiento del resto de requisitos legalmente establecidos para el acceso a las correspondientes categorías. Las que no se ocupen por este cupo pasarán al procedimiento general.

Por todo ello, tras los correspondientes acuerdos obtenidos en la reunión de la Mesa General del PDI de 24 de octubre de 2022, y en la reunión de la Comisión de Profesorado, celebrada en la misma fecha, se incluye en el Anexo de esta propuesta la Oferta de Empleo Público de esta Universidad de Valladolid para el año 2022, que incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito del personal docente e investigador, con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existente.

En su virtud, este Rectorado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20. Dos, de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, dentro de la tasa de reposición de efectivos que le corresponde a esta Universidad, una vez obtenida autorización, con fecha 17 de octubre de 2022, de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y en ejecución del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Valladolid en su sesión de 28 de octubre de 2022, dispone:

Primero.– Publicar en el Boletín Oficial de Castilla y León esta Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Valladolid para el año 2022, que se detalla en el Anexo.

Segundo.– Las bases específicas que regulen los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de Empleo deberán publicarse en los boletines oficiales que corresponde en el plazo de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de esta Oferta de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Valladolid (artículo 8, apartados 2 y 3, y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Valladolid, 7 de noviembre de 2022.

El Rector,

Fdo.: Antonio Largo Cabrerizo

ANEXO I

NUEVO INGRESO

Personal funcionario

CUERPO DOCENTE

TOTAL PLAZAS

Profesores Titulares de Universidad *

48

 

Personal laboral

CATEGORÍA

TOTAL PLAZAS

Profesores Contratados Doctores *

53

 

PROMOCIÓN INTERNA

Cuerpo de Catedráticos de Universidad

CUERPO DOCENTE

TOTAL PLAZAS

Catedráticos de Universidad

48

 

* En aplicación de lo previsto en el Artículo 20. Uno.3 I) de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, se reservan siete (7) de las 48 plazas de Profesores Titulares de Universidad y ocho (8) plazas de las 53 de profesor contratado doctor, a fin de atender el mínimo establecido del 15% de las plazas ofertadas (101 plazas) para destinarlas a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal o, en su caso, otros programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.

 

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