En relación con el primer punto del orden del día os adjuntamos las alegaciones presentadas por CSIF y que expondremos en la reunión. Nuestro punto de partida es el artículo 47 bis del TREBEP cuya redacción es fruto de un acuerdo firmado por CSIF en la Mesa General de Administraciones Públicas como sindicato más representativo que somos en toda la Administración Pública.
En esa regulación, el teletrabajo se constituye como un derecho de los/as empleados públicos/as con las notas de voluntariedad, reversibilidad e igualdad de derechos y deberes siendo la administración la que debe proporcionar los medios técnicos para el teletrabajo.
La propuesta del Ministerio de Justicia, para CSIF, es manifiestamente mejorable en varios aspectos y así se lo trasladaremos en la reunión de hoy. Especialmente, en relación con:
- El procedimiento de petición, suspensión y extinción de ese derecho que debe ser mucho más directo en cuanto al trámite y garantista en relación a los informes que se puedan solicitar para autorizar o denegar el teletrabajo.
- Las garantías legales y seguridad en el uso de herramientas y equipos de teletrabajo.
- El derecho de desconexión digital.
- La seguridad y salud del teletrabajador
En relación con las vacaciones y permisos de asuntos particulares, CSIF ya solicitó por escrito en junio y en octubre de este año que se prorrogara el disfrute hasta junio de 2021 y lo vamos a seguir haciendo teniendo en cuenta que el estado de alarma y, en consecuencia, las restricciones de movilidad van a estar vigentes hasta el mes de mayo.
Para CSIF, la extensión del disfrute de estos días de asuntos y vacaciones, no es un privilegio sino una necesidad más del servicio que permita conciliar el derecho a disfrutarlos con la continuidad del servicio en un año claramente atípico debido a una pandemia que, lamentablemente, va a seguir con nosotros varios meses.
Os mantendremos informados del desarrollo de la reunión