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Para facilitar el acceso a los medicamentos durante el estado de alarma, se ha aprobado, por la Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Espaciales de la Seguridad Social.( https://www.boe.es/boe/dias/
Esto quiere decir que, con esta medida extraordinaria, los mutualistas no tendrán que acudir a las oficinas para su sellado y podrán adquirirlas en la farmacia solo con la receta.
En nuestras oficinas se dispondrán carteles advirtiendo de esta circunstancia para que no sea necesario acceder a la oficina, teniendo en cuenta la necesidad de evitar riesgos a todos.”
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