Insuficiente oferta de Correos: 50 excedencias voluntarias para 2.878 aspirantes

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26 de enero de 2022

✅Decepcionante presupuesto que no da para más
✅Después de tres años esperando
✅CSIF te muestra los requisitos para optar a ellas

Decepcionante

Las excedencias voluntarias incentivadas para el personal funcionario regresan a Correos con un sabor amargo, con un presupuesto para 2022 de 1.543.770 € totalmente insuficiente. Si por cada excedencia se conceden unos 30.000 € de media el presupuesto no da para más de 50 empleados/as y son 2.878 los que cumplen los requisitos (925 de ellos de logística y distribución).

 

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Tres años de retraso 

 

Las excedencias voluntarias incentivadas se firmaron en el 'Acuerdo de Mejora de Empleo' de 2018. Esto significa que el primer borrador facilitado por Correos (CLIC AQUÍ) llega con tres años de retraso y con un presupuesto decepcionante que CSIF ha exigido aumentar, como mínimo, al doble. 

 

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¿Qué requisitos hacen falta?

De momento, CSIF anuncia los requisitos que hacen falta para optar a esas excedencias: 

  • Las condiciones psicofísicas del trabajador/a para el desempeño del puesto de trabajo. Estas condiciones serán valoradas por los Servicios Médicos de Correos. Requisito tener 57 años cumplidos a 01/01/2022.

  • Las adecuaciones organizativas de los puestos de trabajo. Requisito tener 57 años cumplidos a 01/01/2022

  • El trabajador/a de mayor edad, expresada en años, meses y días. Requisito tener 59 años cumplidos a 01/01/2022 y con prioridad en los puestos de distribución y logística.

  •  La antigüedad del trabajador/a en Correos que será calculada conforme a los servicios efectivos prestados en Correos.

 

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¿Qué te corresponderá? 

La indemnización está formada por un número de mensualidades que se determinan según la edad del trabajador/a, tal y como se establece en esta tabla (CLIC AQUÍ). 

 

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¿Y cómo se pagará?

  • Si el empleado/a tiene 59 años o más, la indemnización será en un solo plazo. 
  • Si el empleado/a tiene 58 años, la indemnización será abonada en dos pagos iguales (el 1º en la nómina del mes de su concesión y el 2º a los 13 meses). 
  • Si el empleado tiene 57 años, la indemnización será en tres pagos iguales    (el 1º en la nómina del mes de su concesión y el 2º a los 13 meses y el 3º a los 26). 

 

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¿Y entonces? 

El empleado/a mantendrá de alta su situación en MUFACE hasta el día de su jubilación a no ser que inicie una actividad laboral por cuenta propia o ajena. 

 

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