Competencia Digital Docente - Reconocimiento Actividades de Formación Permanente del Profesorado

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6 de junio de 2023

Acreditación nivel A2 de competencia digital docente a las formaciones "Educador certificado por Google" nivel 1 o "Educador certificado por Google" nivel 2 y "Microsoft Certified Educator".

Resolución del Director General de Innovación y Formación Profesional por la que se reconocen  como actividades de formación permanente del profesorado y se les acredita un nivel A2 de competencia digital docente a las formaciones "Educador certificado por Googlenivel 1 o "Educador certificado por Googlenivel 2 y "Microsoft Certified Educator".

De conformidad con lo expuesto y valoradas las actividades por el Servicio de Innovación y Formación del Profesorado, comprobando que cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente y considerando el interés institucional de dicha actividad, resuelvo: 

Primero. - Reconocer con 50 horas de formación al profesorado participante en cada una de las siguientes actividades: “Educador certificado por Google” nivel 1 o “Educador certificado por Google” nivel 2 y “Microsoft Certified Educator”. 

Segundo. - Reconocer con un nivel A2 de Competencia Digital Docente según el Marco de Referencia de Competencia Digital Docente vigente, al profesorado certificado en cada una de las siguientes actividades: “Educador certificado por Google” nivel 1 o “Educador certificado por Google” nivel 2 y “Microsoft Certified Educator. 

Tercero. - La Dirección General de Innovación y Formación Profesional ha solicitado, a las direcciones de los centros educativos sostenidos con fondos públicos, recopilar la documentación que acredite los datos de los docentes que han certificado las actividades señaladas anteriormente, desde el curso 2016-2017. Se procederá posteriormente a los trámites de inscripción en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de Aragón y a la inscripción en Arco Digital, aplicación de competencias digitales que constituye el registro oficial de acreditación del nivel de la competencia digital docente, permitiendo su actualización continua. 

Cuarto. - Publicar la presente Resolución en la web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (https://educa.aragon.es).   

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en la web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (https://educa.aragon.es/) , conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera deducirse.   

Zaragoza, a fecha de firma electrónica EL DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL 

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