C. Madrid: COMISIONES DE SERVICIO PARA JUZGADOS DE NUEVA CREACIÓN

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22 de febrero de 2023

CSIF JUSTICIA INFORMA 

Una vez publicado el Real Decreto 954/2022, de 15 de noviembre (BOE del 16 de noviembre), de creación y entrada en funcionamiento de diversos órganos judiciales en la Comunidad de Madrid, que se relacionan al final del presente oficio, cuya entrada en funcionamiento está prevista para el 31 de marzo de 2022, y hasta tanto no sean cubiertas las plazas por funcionarios titulares mediante el correspondiente concurso de traslados, las plazas adscritas a dichas sedes judiciales podrán ser cubiertas mediante comisiones de servicio, para los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

Para ello, todos aquellos funcionarios titulares y con destino definitivo interesados en las referidas comisiones, podrán presentar su solicitud dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, a través de los registros electrónicos, hasta el día 27 de febrero incluido, expresando claramente el Juzgado para el que desean la comisión de servicios, a la que acompañarán informe emitido por el Letrado/a de la Administración de Justicia o responsable de la unidad orgánica de su destino actual.

El funcionario destinado en ámbitos diferentes a la Comunidad de Madrid deberá aportar el informe de la Administración de origen.

La toma de posesión se formalizará el día 31 de marzo de 2022 en el caso del Juzgado de 1a Instancia no. 7 de Alcobendas y Audiencia Provincial y el 15 de abril en el caso del Juzgado de 1a Instancia no. 9 de Móstoles.

Selección de candidatos:

Para la selección de candidatos prevalecerá el interés del servicio, según se desprende del apartado 3 del artículo 73 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre y las comisiones se otorgarán teniendo en cuenta el orden de los solicitantes en el escalafón del cuerpo correspondiente. Al objeto de garantizar la debida estabilidad de las plantillas, las comisiones no se concederán en ningún caso a los funcionarios que, como consecuencia de  concurso de traslados, hayan obtenido un nuevo destino.

 

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