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Extracto del acuerdo firmado por Junta de Andalucía y organizaciones sindicales: CSIF, UGT y CCOO en Mesa General de Negociación Común de Personal Funcionario (puede acceder al acuerdo al completo en el documento adjunto al pie de la noticia).
Objeto del acuerdo: la protección de las Empleadas Públicas de la Junta de Andalucia que sean víctimas de Violencia de Género.
La Junta de Andalucía se compromete a informar ANUALMENTE en las Mesas Sectoriales el número de destinos adjudicados por esta modalidad, sin que trasciendan los nombres de las personas ni los destinos adjudicados.
a) Derecho a movilidad geográfica:
Cumpliendo los requisitos del puesto solicitado:
Tramitación de solicitud de movilidad:
En sobre cerrado:
Si la documentación aportada no cumple los requisitos o faltara algún documento, se le avisará y se dará un plazo de 10 días para subsanar la solicitud o aportar la documentación que faltara.
Resolución del procedimiento:
b) Funcionarias de Carrera o Personal Laboral Fijo:
El nuevo destino será definitivo, cuando el puesto de origen así lo fuera y la plaza a ocupar sea una vacante.
El destino será provisional, cuando así fuera el puesto de origen.
La Junta reservará durante 6 meses el puesto de origen (una vez realizada la movilidad) Y transcurrido este tiempo, la empleada podrá solicitar la reincorporación a su puesto de origen.
El tiempo de permanencia en el nuevo puesto solicitado, le computarán a todos los efectos, como el de su puesto de origen.
En caso de ocupar un nuevo destino mediante un cambio de adscripción, al terminar el periodo de 6 meses, la funcionaria puede realizar una nueva adscripción para incorporarse a su cuerpo.
EL RETORNO AL PUESTO DE ORIGEN, TENDRÁ SIEMPRE CARÁCTER VOLUNTARIO.
c) Funcionarias Interinas, Personal Laboral Temporal o Indefinido No Fijo:
El nuevo puesto, tendrá carácter provisional, la duración de éste estará supeditada a la duración correspondiente del contrato para el que fueron nombradas, así como a que la plaza ocupada no fuera adjudicada a través de los procedimientos reglamentarios.
a) Reducción de jornada: Tendrán derecho a la reducción de la jornada, con disminución proporcional de la retribución.
b) Flexibilidad horaria: Tendrán derecho a una reducción de hasta un 50% del horario fijo de la jornada diaria.
c) Reordenación del tiempo de trabajo: Tendrán derecho a una reordenación del tiempo de trabajo, previo acuerdo con el servicio correspondiente.
d) Justificación de faltas de asistencia: Las faltas parciales o totales al puesto de trabajo derivadas por la situación de violencia de género, estarán totalmente justificadas en las condiciones que se determine, por el organismo competente en esta materia.
a) Ayuda por cambio de domicilio: Ayuda de pago único de 1200€ con cargo a los créditos de Accion Social. No acumulable a indemnizaciones por traslado forzoso derivadas de movilidad por Violencia de Género.
b) Indemnización por traslado forzoso: Tendrán derecho a las indemnizaciones previstas por la normativa aplicable para dicho traslado.
c) Complemento del 10% por bajas de incapacidad laboral motivadas por violencia de género: Percibirán desde el Primer día de Incapacidad Laboral, un complemento resultante de la diferencia entre las prestaciones que perciba del régimen al que pertenezca y las retribuciones que hubiera percibido el mes anterior al causarse la incapacidad laboral.
a) Excedencia voluntaria de las Funcionarias víctimas de Violencia de Género
b) Suspensión de la relación laboral de las trabajadoras víctimas de Violencia de Género
Podrá acordar la extinción de su contrato, pasando a situación de desempleo y pudiendo solicitar la prestación correspondiente si reúne los requisitos de cotización.
Podrán solicitar al órgano competente en materia de personal, una especial protección publicidad de los destinos obtenidos.
Podrán acogerse a la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo.
Los empleados que intervengan en el cumplimiento de las medidas previstas en el Protocolo, estarán sujetos al Secreto Profesional de los datos de las Victimas y tales obligaciones subsistirán después de haber finalizado su vinculación orgánica o funcional con las unidades en que hubiesen intervenido en la tramitación de las mismas para una especial protección de los datos personales de las víctimas, así como de los de sus descendientes y personas bajo su tutela o custodia.
LOS DESTINOS ADJUDICADOS NO SE HARÁN PÚBLICOS.
A los empleados/as que sean progenitores o cónyuges de Víctimas de Violencia de Género y que se les aconseje cambio de residencia familiar, se les aplicarán las medidas de conciliación familiar utilizándose los mecanismos adecuados para tal fin.
Para tal finalidad, se crea una Comisión de Seguimiento del Protocolo, que está compuesta por 2 representantes de cada uno de los miembros que integran la Mesa General de Negociación de la Junta de Andalucía.
Cada 2 años, la Dirección General competente, presentará ante la Comisión un balance de aplicación del Protocolo y podrá proponer una revisión y actualización del mismo que deberá ser aprobada en Mesa General.