Profesorado de FP - Estancias Formativas
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25 de enero de 2022
El Ministerio de Educación y Deporte ha publicado la Resolución de 24 de enero de 2022 por la que se convocan estancias formativas en empresas para el profesorado de formación profesional, destinados a actualizar su formación y reforzar sus competencias profesionales en el segundo y tercer trimestre del curso escolar 2021-2022.
¿Qué profesores pueden solicitarlo?
Podrá participar el profesorado de Formación Profesional de los centros docentes públicos de la Consejería de Educación y Deporte de la Comunidad Autónoma de Andalucía que imparten docencia en ciclos formativos o cursos de especialización en el segundo y tercer trimestre del curso escolar 2021-2022. Sin embargo, no podrá participar el profesorado que participó de las estancias convocadas el 23 de junio de 2021.
¿Cuáles son las condiciones y requisitos para los proyectos de estancia en las empresas?
Las condiciones son variadas y las puedes consultar en la convocatoria, pero resaltamos las siguientes
- Cada profesor o profesora podrá presentar un proyecto de estancia formativa en empresas vinculado a un ciclo formativo o curso de especialización impartido en su centro docente en el curso 2021-2022. Se deben presentar de forma individual, aunque se permitirán proyectos conjuntos de dos docentes.
- El desarrollo de los proyectos se deberá llevar a cabo fuera del horario lectivo en el segundo y tercer trimestre del curso escolar 2021-2022, como norma general.
- Los proyectos se podrán desarrollar dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el resto del territorial nacional.
- Los proyectos requerirán para su presentación la aprobación del Consejo Escolar o Consejo Social.
¿Qué apartados debe contener el proyecto?
a) Nombre o título del proyecto de estancia formativa en la empresa.
b) Nombre de la empresa o entidad, y departamento de la misma, si procede, en los que se va a desarrollar la estancia formativa.
c) Persona responsable del seguimiento del proyecto en la empresa.
d) Familia profesional y ciclo formativo o curso de especialización con el que va asociado el aprendizaje en la empresa.
e) Puesto formativo elegido para el desarrollo de la estancia y departamento de la empresa o entidad en el que se pretende desarrollar. f) Justificación e interés del solicitante por el puesto formativo elegido.
g) Relación entre el puesto formativo solicitado y la tarea docente desempeñada por el solicitante.
h) Indicar si la estancia formativa solicitada está asociada a un ciclo formativo o curso de especialización de nueva implantación en el centro en el curso escolar 2021-2022.
i) Propuesta detallada de la estancia formativa a desarrollar, con las tareas y actuaciones previstas en la que se incluirá, al menos:
• Descripción de las actividades de formación previstas.
• Horas de formación previstas.
• Contenidos a desarrollar en cada una de las actividades.
• Competencias que se pretenden reforzar con la estancia formativa para la mejora del proceso de enseñanza.
• Evidencias del aprendizaje del profesorado.
• Lugar y periodo de realización.
• Personas responsables de su desarrollo.
j) Temporalización de la formación.
k) Presupuesto aproximado del gasto que va a conllevar la realización de las estancias formativas, teniendo en cuenta los límites establecidos en Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.
¿Cómo presento el proyecto?
A través de Séneca
Plazo de Presentación
Desde el 25 de enero al 15 de febrero de 2022.
Financiación de los proyectos
Serán financiables los gastos correspondientes a indemnizaciones por razones de servicio los conceptos de dietas y desplazamientos . Así mismo, serán financiables los gastos directos de material entendido como la adquisición de bienes o artículos de consumo general que no pueden ser reutilizables, es decir, bienes o artículos fungibles y no inventariables que se vinculen exclusivamente a la operación y que resulten necesarios para su ejecución del proyecto.
Las ayudas a dichas estancias por razones de indemnizaciones de servicio por dietas y desplazamientos, solo se podrán otorgar si la empresa donde se realiza dicha estancia, está en una localidad distinta a la del centro educativo.