CURSO DE ACTUALIZACIÓN DE COMPETENCIAS DIRECTIVAS

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1 de octubre de 2021

Publicada la Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se convoca curso de actualización de competencias directivas sobre el desarrollo de la función directiva. 

Plazo de Presentación de la Solicitud:Desde el 4 de octubre hasta 18 de octubre ambos inclusive

Modalidad: Semipresencial

Duración: El curso tendrá una duración de 90 horas y se celebrará entre los meses de octubre y diciembre de 2021.

Requisitos:

a) Personal funcionario docente que a la fecha de entrada en vigor de la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa 8/2013, de 9 de diciembre, o durante los cinco años siguientes, se encontrase ocupando un puesto de director o directora en un centro docente público.

b) Personal funcionario docente con habilitaciones o acreditaciones de dirección de centros públicos expedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

c) Personal funcionario docente que se encuentre actualmente ocupando un puesto de dirección de un centro docente público en su octavo, séptimo o sexto año de nombramiento.

Inscripción: Mediante el Portal Docente de la Junta de Andalucía. Hasta el 4 de octubre no estára disponible la posibilidad de crear la solicitud.

Criterios de prioridad y valoración de las solicitudes:

Para la asignación de plazas se tendrán en consideración los siguientes colectivos, por orden de prioridad:

1. Quienes se encuentren en el curso escolar 2021-2022 ocupando el puesto de dirección en el octavo año de su nombramiento (es decir, quienes renovaron nombramiento para el periodo 2018-2022 tras evaluación positiva del periodo 2014-2018). Dicho profesorado será admitido en aplicación del baremo que figura como Anexo III de esta resolución.

2. Quienes se encuentren en el curso escolar 2021-2022 ocupando el puesto de dirección en el séptimo año de su nombramiento (es decir, quienes renovaron nombramiento para el periodo 2019-2023 tras evaluación positiva del periodo 2015-2019). Dicho profesorado será admitido en aplicación del baremo que figura como Anexo III de esta resolución.

3. Quienes declaren estar en posesión de acreditación o habilitación para el ejercicio de la dirección de centros públicos, expedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. Dicho profesorado será admitido en aplicación del baremo que figura como Anexo III de esta resolución.

4. Quienes se encuentren en el curso escolar 2021-2022 ocupando el puesto de dirección en el sexto año de su nombramiento (es decir, quienes renovaron nombramiento para el periodo 2020-2024 tras evaluación positiva del periodo 2016-2020). Dicho profesorado será admitido en aplicación del baremo que figura como Anexo III de esta resolución.

5. Quienes a la fecha de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, o durante los cinco años siguientes hubiesen ocupado un puesto de director o directora en un centro docente público.

6. En caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en los distintos apartados de méritos del baremo, contemplados estos por el orden del mismo. Si el empate continuase, el desempate se resolverá en favor del solicitante cuya letra inicial del primer apellido sea «R», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de febrero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «R», el orden de actuación se  iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «S», y así sucesivamente.

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