MUFACE - EXENCIÓN DEL VISADO DE RECETAS

  • Muface

21 de marzo de 2020

Para facilitar el acceso a los medicamentos durante el estado de alarma, se ha aprobado, por la Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, la exención de visado de recetas mientras dure su vigencia.

Esto quiere decir que, con esta medida extraordinaria, los mutualistas no tendrán que acudir a las oficinas de MUFACE para su sellado y podrán adquirir estos productos (normalmente sometidos a visado) en la farmacia solo con la receta.

CSIF aclara: Esto no significa que los mutualista de MUFACE puedan sacar cualquier medicamento sin ir al médico. Esta medida no afecta a los productos "normales" como analgésicos, antibióticos, antidepresivos, ansiolíticos en general, etc. Sólo afecta a los medicamentos que normalmente requieren, además de la receta del médico un informe especial para llevarlo a la oficina de MUFACE y que allí te sellen las recetas. La receta del médico sigue siendo necesaria, para todos los medicamentos, lo que no hace falta ahora son los visados por la oficina de MUFACE de aquellos que en condiciones normales los necesitan. 

Por ejemplo, algunos de los medicamentos y productos sometidos normalmente a visado son:

  • Los antitrómbicos (anticoagulantes), con 330.00 envases al año;
  • Los absorbentes de incontinencia de orina (150.000 aprox. al año)
  • Los productos dietoterápicos (89.000 aprox. al año)
  • Los medicamentos para la demencia (70.000 aprox. al año),
  • Los antidiabéticos (60.000 aprox. al año)
  • Los fármacos inmunosupresores –para la prevención de rechazos en trasplantes y tratamiento de enfermedades autoinmunitarias- con unos 56.000 envases al año.

CSIF Educación Andalucía #ContigoEnCasa


 

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