Información de la Consejería - Preguntas más frecuentes del Concurso de Traslados

  • Concursos y movilidad
  • Traslados
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Catedráticos Enseñanza Secundaria
  • Maestros
  • Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial

10 de noviembre de 2016

Como cada año la Consejería de Educación ha colgado en su Web una recopilación de las preguntas más frecuentes referentes al Concurso de Traslados con su correspondiente respuesta.

Hemos recogido esta información en un documento para facilitaros su manejo y búsqueda. A continuación os las presentamos.


¿Barema el tiempo como interino?

R  No, en los apartados de antigüedad y cargos y funciones (1.1, 1.2, 4.1, 4.2, 4.3, 6.4 y 6.6) solo bareman los servicios prestados como funcionario de carrera.

¿Qué tengo que poner en el campo "documentación" cuando introduzco un nuevo mérito?

R  Este campo sirve para identificar el documento justificativo del mérito que ha introducido, por tanto, lo correcto es poner algún texto identificativo del mérito, por ejemplo, certificado del curso  de aplicaciones informáticas, título de la licenciatura de matemáticas, nombramiento de Jefe de Estudios, .... Tenga en cuenta que cuando inicie la firma y presentación telemática, el programa le pedirá que anexe los documentos justificativos de los nuevos méritos que haya grabado identificándolos por lo que haya grabado en este campo.

Al insertar nuevo mérito en el apartado 3.1.2  Máster tengo que seleccionar Nivel académico y tengo como opciones dos Reales Decretos, ¿qué debo seleccionar?

R  Los Reales Decretos que tiene como opción en el campo Nivel académico al introducir nuevo mérito en el apartado 3.1.2, se refieren al Real Decreto por el que fueron oficiales los másters de las distintas Universidades. Si en el RD que aparece por defecto no aparece luego para una Universidad el master que quiere grabar, elija el otro RD y vuelva a hacer la búsqueda para esa misma Universidad.

¿Qué he de hacer si quiero presentar como mérito una publicación que entregué en el concurso del año pasado? ¿He de solicitar que me la devuelvan y volver a presentarla?

R  No es necesario que solicite la devolución de la publicación que presentó en el concurso del año pasado para volver a presentarla en este. Puede simplemente insertar el mérito y adjuntar como documentación justificativa un documento en el que explique que la documentación consta en su expediente del concurso del año pasado.

¿Qué significa las siglas CdA que aparece después de la denominación de algunos centros en los distintos Anexos?

R  En la base octava de la Resolución de convocatoria se establece que, de acuerdo con la Orden de 8 de junio de 2012, por la que se regula el procedimiento de inscripción y continuidad de centros reconocidos como "Comunidad de Aprendizaje", dichos centros deberán figurar con esta denominación a fin de que el profesorado sea conocedor del proyecto.

¿Cómo debo cumplimentar mis peticiones si ejerzo el derecho preferente a localidad?

R  Para hacer efectivo el derecho preferente a localidad deberá marcarlo en el apartado 4 de la solicitud, especificando aquí las especialidades y, en su caso, los puestos específicos y el orden de las mismas en que desea ejercerlo  y consignar en el apartado 6, en primer lugar, las peticiones correspondientes a la localidad de la que dimana el derecho, cumplimentando las casillas correspondientes a la especialidad de estas peticiones, con las siglas DPL. A continuación podrá realizar más peticiones a otros centros/localidades

¿Puedo presentar mi solicitud de participación en el concurso de traslados en el Registro de la Secretaría de mi centro?

R  No. De acuerdo con lo establecido en la base 10.1 de la Resolución de convocatoria del concurso de traslados, la solicitud de participación se deberá cumplimentar, firmar y presentar electrónicamente a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto en el portal web de la Consejería de Educación.

Si pido excedencia por cuidado de familiares y estoy concursando ¿me excluyen del procedimiento?

R  No. La base decimocuarta de la Orden de convocatoria establece que "quienes participen en esta convocatoria y soliciten y obtengan la excedencia en el transcurso de su resolución, o cesen en el servicio activo por cualquier otra causa, se considerarán decaídos en sus derechos de participación". Es decir, quienes obtengan una excedencia que conlleve el cese en el servicio activo.

El tiempo de permanencia en la excedencia por cuidado de familiares se entiende, a todos los efectos, como tiempo de servicio activo, por tanto no les es de aplicación

¿Cuáles son los requisitos para que se bareme en el apartado 1.1.3 los servicios prestados en centros de especial dificultad?

R  En el apartado 1.1.3 se bareman los servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en un centro de especial dificultad durante los períodos de tiempo que se valoran en los apartados 1.1.1 ó 1.1.2, dependiendo de que se participe desde un destino definitivo o desde la provisionalidad.

Al iniciar una nueva instancia se me oferta la posibilidad de copiar entre las peticiones VÁLIDAS o TODAS de las realizadas en el concurso anterior, ¿cuál es la diferencia?

R  Puede ser que en el concurso anterior se le anularan algunas de las peticiones realizadas porque no reunía los requisitos para ellas, las restantes peticiones que realizó serán las VÁLIDAS.

También puede ser que este año ya reúna los requisitos de esas peticiones que se anularon, en cuyo caso le convendría escoger la opción TODAS.

¿Cómo puedo obtener información de los requisitos para la valoración de los méritos en los distintos apartados?

R  En la cumplimentación de instancias, cuando pulse en cada uno de los subapartados de méritos, debajo de la descripción del mismo le aparece la palabra "OBSERVACIONES" seguida de un icono "i", si pulsa sobre él se le mostrará información sobre el apartado. También encontrará este icono "i" en la ventana que se abre cuando acceda a insertar nuevo mérito.

¿Puedo solicitar puestos bilingües independientemente de mi especialidad de participación?

R  No. Solo pueden pedir puestos con código específico bilingüe los titulares de las especialidades recogidas en la base cuarta de la Resolución de convocatoria, apartados 4.1.5 y 4.2.2 que, además, reúnan los requisitos de titulación del apartado 4.1.6.

He grabado como mérito un libro en formato digital muy pesado o bien en formato papel que no puedo subir a la web, ¿cómo presento el libro?

R  Deberá firmar y presentar la instancia telemáticamente sin adjuntar el libro y una vez tenga la instancia registrada, imprimir la primera página y presentarla en Registro físico junto con el libro impreso para su inclusión en su expediente del concurso.

¿Dónde grabo la titulación que me acredita como bilingüe?

R  Una vez finalice su instancia, si ha realizado peticiones bilingües y no está acreditado para ello, cuando inicie la firma y presentación telemática el propio programa le pedirá que anexe la documentación justificativa bilingüe, así como el resto de documentos correspondientes a los distintos méritos que haya grabado.

Si ya consta su acreditación no tendrá que aportar ningún documento y no se le solicitará.

¿Qué centros son susceptibles de contener una plaza "590058-Apoyo al área de Lengua y Ciencias Sociales" o "590059-Apoyo al área de Ciencias o Tecnología "?

R  Los centros susceptibles de ofertar plaza “590058-Apoyo al área de Lengua y Ciencias Sociales” y “590059- Apoyo al área de Ciencias o Tecnología” son aquellos que tienen la calificación de especial dificultad.

En la presentación telemática, ¿es necesario poner la leyenda "Es copia fiel del original" y firmar en los documentos justificativos que anexaré a mi instancia?

R  No, en la presentación telemática, el escaneado y subida de ficheros tras la verificación de su identidad sustituye la leyenda y su firma manual.

¿Es suficiente con grabar los méritos para participar en el concurso?

R  No, una vez que termine de grabar los méritos que quiera que se le valoren ha de pulsar sobre la pestaña "panel de control"; en la nueva ventana que se abre habrá de finalizar la instancia y después firmarla y presentarla telemáticamente.

¿Cómo identifico la documentación justificativa de los nuevos méritos que he grabado?

R  Una vez que finalice su instancia y comience el trámite de firma y presentación telemática, el propio programa le irá pidiendo que anexe la documentación justificativa de los nuevos méritos que haya grabado, identificándola con lo que haya escrito en el campo "Documentación" al insertar el nuevo mérito.

No se me oferta el mérito del cargo que ocupo este año y no he recibido el nombramiento ¿qué tengo que hacer?

R  Si no le aparece el mérito correspondiente al cargo que ocupa este año y no tiene el nombramiento, grábelo como nuevo mérito y adjunte un certificado de la dirección de su centro.

¿Qué garantías tengo de que mi instancia se presenta correctamente con la presentación telemática?

R  La presentación digital ofrece todas las garantías y le evita tener que acudir al Registro de la Delegación, o a algún otro, para la presentación de los papeles. Una vez terminados los trámites en la aplicación informática se generará un mensaje en el que se le confirmará su presentación y se le proporcionará un código identificativo de la presentación de su instancia.

Posteriormente podrá optar a la instancia así presentada obteniendo un archivo en el que se visualiza el sello del registro telemático con el número de presentación correspondiente.

¿Qué centros son los que se bareman en el apartado 1.1.3?

R  En el apartado 1.1.3 se valoran los servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en centros con la calificación de especial dificultad (ver fichero adjunto) desde la fecha del último destino obtenido o, caso de no tenerlo, durante el tiempo de la provisionalidad desde el ingreso en el cuerpo.

¿Debo acompañar documentación justificativa de los méritos que se me ofertan en la cumplimentación de la solicitud?

R  No. En principio, todos los méritos que se ofertan en los distintos subapartados están documentados en su expediente personal y grabados en el Sistema Informático de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería.

No obstante, la oferta de un mérito no supone la valoración automática del mismo, sino que será la comisión de baremación la encargada de comprobar y validar dicho mérito o, en su caso, especificar el motivo de no baremación en la Resolución de adjudicación provisional.

¿Qué significa la pregunta "¿Adjunta documentación de perfil lingüístico (vernácula)?" que se formula antes de realizar las peticiones en la cumplimentación de instancias?

R  Esta pregunta está referida al personal participante que realiza peticiones a alguna de las Comunidades Autónomas con perfil lingüístico de las recogidas en el apartado 6.7 del Anexo II de la Resolución de convocatoria, para que, aunque realicen peticiones sin requisito de vernácula, marquen "SI" si adjuntan documentación de nivel de vernácula.

¿Cómo debo acompañar la documentación justificativa de los méritos nuevos que deseo se me baremen?

R  Al iniciar la firma y presentación telemática de su instancia, el propio programa le pedirá que anexe la documentación justificativa escaneada en ficheros "pdf" o "jpg" de los nuevos méritos que haya grabado.

¿Qué puedo hacer si se me oferta un mérito que no es correcto en la cumplimentación de la solicitud?

R  Si en alguno de los subapartados del baremo el dato que le ofrece la aplicación no es correcto, deberá desactivarlo e introducirlo nuevamente con los campos correctos y posteriormente acompañar la documentación justificativa correspondiente del mismo.

¿Qué planes y proyectos educativos son los que se bareman en el apartado 6.2.b)?

R  En el apartado 6.2.b) se bareman los planes y proyectos educativos aprobados por la Consejería de Educación con reconocimiento a efectos de procedimientos de provisión de vacantes.

Puede acceder a un fichero en el que se recoge información respecto a la baremación o no de algunos de estos planes.

Estoy obligado a concursar este año, ¿puedo hacerlo sin presentar ningún mérito?

R  A todos los participantes en el concurso de traslados, a excepción de los funcionarios en prácticas, se les baremarán, como mínimo, los méritos que le consten a la Administración que tengan en los subapartados correspondientes a antigüedad.

¿Qué documentación tengo que presentar para que se bareme la segunda titulación presentada?

R  Para que se bareme una segunda titulación hay que presentar fotocopia de todos los títulos que se posean (incluido el de ingreso) o certificado de abono de los derechos de expedición.

La Comisión baremadora tomará una de las titulaciones presentadas como requisito del Cuerpo y valorará, en su caso, las demás presentadas.

Para la valoración de los primeros ciclos recogidos en el 3.2.2 hay que presentar, además, certificación académica en donde conste de forma expresa que se han superado todas las asignaturas o créditos conducentes para la obtención de dichos títulos o ciclos.

¿Cuándo se publicarán las vacantes?

R  La publicación de las vacantes provisionales está prevista para la primero quincena de febrero.

¿Cómo puedo acceder a la cumplimentación y presentación de la instancia a través de la Web?

R  Puede acceder a la cumplimentación de la instancia a través de su usuario y contraseña de Séneca o de certificado digital, apareciéndole cumplimentados los apartados correspondientes a los datos personales y administrativos y a los méritos susceptibles de valoración que constan en el SIRhUS-E sobre Ud., no debiendo presentar documentación justificativa alguna de los mismos.

¿Puedo concursar siendo funcionario en prácticas?

R  Los funcionarios en prácticas están obligados a participar en este procedimiento aunque lo hacen sin baremo de méritos. La adjudicación de destino se hará teniendo en cuenta la prelación con la que figuren en la respectiva Orden por la que se publicara la relación del personal seleccionado que les corresponda

¿Se cuenta el año de funcionario en prácticas a efectos de antigüedad?

R  No. Todos los méritos del concurso de traslados se bareman a partir de la fecha en que se ha obtenido la condición de funcionario de carrera a excepción de los apartados correspondientes a formación, méritos artísticos y publicación.

¿Es suficiente con cumplimentar la instancia a través del ordenador para que se entienda presentada?

R  No. Una vez finalizada la instancia deberá cerrarla y "Firmar y presentar".

¿Dónde puedo conseguir la instancia de participación?

R  La instancia de participación se encuentra a disposición del personal docente en la página Web de esta Consejería, en la que se ha activado una aplicación informática para la cumplimentación y presentación telemática de la misma.

¿Qué ocurre si no tengo la documentación justificativa de un mérito que deseo que se me bareme en el concurso de traslados?

R  En el caso de que no disponga dentro del plazo de presentación de instancias de alguno de los documentos justificativos de los méritos que desea se le baremen, habrá de presentar documentación justificativa de haberlo solicitado. Una vez se publique la Resolución de adjudicación provisional, si el mérito no ha sido valorado, podrá presentar la oportuna reclamación adjuntando la correspondiente documentación justificativa si ya la ha recibido.

¿Cómo se interpretan los apartados 6.2.a) y 6.2.b) de la aplicación informática? En el baremo no existe esta distinción.

R  En la aplicación informática hemos diferenciado 6.2.a) y 6.2.b) para poder darle a los distintos méritos que se recogen en el apartado 6.2, el tratamiento específico que requieren tanto por los campos que debemos mostrar de aquellos que ya constan en SIRhUS, como por lo que se necesita se cumplimente de cara al volcado luego de los méritos que la Comisión valide.

En el apartado 6.2.a) se valoran los premios convocados por una Administración educativa y la participación en proyectos de investigación y de innovación educativa y en el 6.2.b) la coordinación y participación en planes y proyectos educativos de la Consejería con reconocimiento a efectos de provisión de vacantes.

¿Qué tengo que poner en la casilla "CPE" (códigos de puestos específicos) de las páginas de peticiones de la solicitud?

R  Si desea solicitar puestos específicos y reúne los requisitos para ello, deberá cumplimentar en la casilla de la página de peticiones el código del que corresponda de acuerdo con la siguiente clasificación

1 - Puestos de perfil bilingüe francés

2 - Puestos de perfil bilingüe inglés

3 - Puestos de perfil bilingüe alemán

Si desea solicitar tanto puestos específicos como no específicos en un mismo centro o localidad, deberá consignar el código del centro dos veces, una con el código del puesto específico y otro sin el mismo.

¿Qué tengo que poner en la casilla "V"(vernácula) de las páginas de las peticiones de la solicitud?

R  En la Comunidad Autónoma de Andalucía no existe el requisito de lengua vernácula, por tanto, si sólo solicita centros de nuestra Comunidad Autónoma no ha de cumplimentar nada en esta casilla.

Si quiere optar a centros de otra Comunidad Autónoma en la que sí tengan el requisito de lengua vernácula, deberá estar a lo que se especifique en la respectiva convocatoria.

¿Qué tengo que poner en la casilla "I" (Itinerancia) de las páginas de las peticiones de la solicitud?

R  En la Comunidad Autónoma de Andalucía no existen puestos que conlleven itinerancia, por tanto, si sólo solicita centros de nuestra Comunidad Autónoma no ha de cumplimentar nada en esta casilla.

Si quiere optar a centros de otra Comunidad Autónoma en la que sí tengan puestos con itinerancia, deberá estar a lo que se especifique en la respectiva convocatoria.

¿Está garantizada la baremación de los méritos que oferte la aplicación?

R  No, los datos que se ofertan constituyen posibles méritos a valorar pero, en todo caso, será la comisión baremadora la encargada de puntuarlos si procede.

En mis certificados no aparecen las fechas de inicio y fin de la actividad que pide la aplicación para introducir nuevo mérito ¿qué tengo que poner?

R  En los certificados que, por ejemplo, aparece "celebrado durante el curso **/**, puede poner como fecha de inicio la de comienzo del curso (1 de septiembre) y fecha de fin la de finalización del mismo 31 de agosto.

¿Cómo se interpretan los apartados 6.6.a)  y 6.6.b) de la aplicación informática?. En el baremo no existe esta distinción.

R  En la aplicación informática hemos diferenciado 6.6.a) y 6.6.b), para poder darle a los distintos méritos que se recogen en el apartado 6.6 el tratamiento específico que requieren tanto por los campos que debemos mostrar de aquellos que ya constan en SIRhUS, como por los que se necesita se cumplimenten de cara al volcado luego de los méritos que la Comisión valide.

En el apartado 6.6.a) se valorará la tutorización de prácticas y en el 6.6.b) las comisiones de escolarización y las evaluadoras de la fase de prácticas.

¿Quién debe certificar los niveles B1, B2, C1 y C2 del Consejo de Europa para que se me baremen?

R  Sólo se valorarán en el apartado 3.3 respecto a las titulaciones de idiomas las otorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

¿Qué puestos puedo solicitar siendo funcionario en prácticas?

R  Los funcionarios en prácticas pueden pedir los mismos puestos que los funcionarios de carrera siempre que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.

¿Por qué no se me muestran todos los méritos que grabé el año pasado?

R  Se ha procedido al volcado de la mayoría de los méritos grabados el año pasado que fueron validados por las comisiones baremadoras. No obstante, los méritos que no tenían asociada la respectiva documentación justificativa por no haber sido bien identificada en su presentación, no han podido ser volcados aunque se hubieran validado.

COMPARTIR