Procedimiento de reincorporación de los funcionarios/as tras la finalización de la cuarentena

  • Prevención de Riesgos Laborales
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Cuerpos Especiales de Justicia
  • Cuerpos Generales de Justicia
  • Funcionario

1 de abril de 2020

Tanto si se han  tenido síntomas o no durante la cuarentena  se ha de actuar de  una de las siguientes formas:
a) Acudir al médico de atención  primaria para que este de las indicaciones oportunas, ya sea  para dar una  baja o dar indicaciones de una nueva cuarentena.

b) Ponerse en contacto con el teléfono 900  400 061   donde  se darán las indicaciones pertinentes, en función de una batería de preguntas que se realizarán al  trabajador.

    Es importantísimo  marcar la opción 1, dedicada a los servicios esenciales,  -aunque supone esperar bastante al teléfono-  y una vez que contesten hay que decir que la Administración de Justicia está declarada como Servicio Esencial

-  En caso de que no fueran posibles las dos anteriores circunstancias, o en cualquier otro caso,  habrá que contactar con el CENTRO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES  a través de la Delegación Provincial Tramitación de baja por IT con carácter retroactivo para las personas que han permanecido en cuarentena pero que no han mostrado síntomas Hay que poner tal circunstancia de conocimiento de la Delegación Provincial para que a su vez contacte con el Centro de Prevención de Riesgos Laborales, quien será el encargado de emitir el informe pertinente para que se pueda tramitar la baja con carácter retroactivo por el médico de familia correspondiente. Recuerda en tus comunicaciones a la Delegación Provincial indicar un teléfono para que el CPRL pueda contactar contigo.


#EsteVirusLoParamosUnidos

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