Procedimiento de reincorporación de los funcionarios/as tras la finalización de la cuarentena
- Prevención de Riesgos Laborales
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Cuerpos Especiales de Justicia
- Cuerpos Generales de Justicia
- Funcionario
1 de abril de 2020
Tanto si se han tenido síntomas o no durante la cuarentena se ha de actuar de una de las siguientes formas:
a) Acudir al médico de atención primaria para que este de las indicaciones oportunas, ya sea para dar una baja o dar indicaciones de una nueva cuarentena.
b) Ponerse en contacto con el teléfono 900 400 061 donde se darán las indicaciones pertinentes, en función de una batería de preguntas que se realizarán al trabajador.
Es importantísimo marcar la opción 1, dedicada a los servicios esenciales, -aunque supone esperar bastante al teléfono- y una vez que contesten hay que decir que la Administración de Justicia está declarada como Servicio Esencial
- En caso de que no fueran posibles las dos anteriores circunstancias, o en cualquier otro caso, habrá que contactar con el CENTRO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES a través de la Delegación Provincial Tramitación de baja por IT con carácter retroactivo para las personas que han permanecido en cuarentena pero que no han mostrado síntomas Hay que poner tal circunstancia de conocimiento de la Delegación Provincial para que a su vez contacte con el Centro de Prevención de Riesgos Laborales, quien será el encargado de emitir el informe pertinente para que se pueda tramitar la baja con carácter retroactivo por el médico de familia correspondiente. Recuerda en tus comunicaciones a la Delegación Provincial indicar un teléfono para que el CPRL pueda contactar contigo.
#EsteVirusLoParamosUnidos