OPOSICIONES 2025.- Nuevos listados definitivos de personas admitidas y excluidas tras la estimación de recursos interpuestos.

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22 de May de 2025

Personas admitidas y excluidas

 

¡¡¡NOVEDAD: NUEVAS LISTAS DEFINITIVAS DESPUÉS DE LA ESTIMACIÓN DE RECURSOS INTERPUESTOS!!!

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2025, del director general de Personal Docente, por la cual, después de la estimación de los recursos interpuestos, se procede a incluir a nuevas personas en la Resolución de 5 de mayo de 2025, del director general de Personal Docente, por la cual se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas para participar en el procedimiento selectivo de concurso-oposición de ingreso y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, profesores de Música y Artes Escénicas y profesores de Artes Plásticas y Diseño, convocado por la Orden 1/2025, de 28 de enero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, modificada por la Orden 4/2025, de 17 de febrero.

[Publicación: 22/05/2025]

 

Para conocer las condiciones particulares de cada persona aspirante, tales como el turno de participación o los motivos de exclusión si los hubiera, debe realizar una consulta personalizada a través de un trámite telemático en la sede electrónica de la GVA:

FECHA DE COMIENZO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS: PARTE A DE LA PRIMERA PRUEBA
Día: Sábado 24 de mayo de 2025, a las 9 horas.

LUGAR DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS
Sedes de actuación de los tribunales de las distintas especialidades.

NOTA: ACCESO POR DIVERSIDAD FUNCIONAL 

Las personas que participan por acceso de DIVERSIDAD FUNCIONAL realizarán la primera prueba (PARTE A y PARTE B) en la provincia que eligieron como provincia de preferencia en su solicitud de inscripción, independientemente de que en las listas definitivas conste que su tribunal es el V1, salvo cuando no exista tal tribunal en su provincia. Esta manera:

  • Las personas que eligieron Alicante como provincia de preferencia deberán acudir a la sede del tribunal A1 de su especialidad.
  • Las personas que eligieron Castellón como provincia de preferencia deberán acudir a la sede del tribunal C1 de su especialidad.
  • Las personas que eligieron Valencia como provincia de preferencia deberán acudir a la sede del tribunal V1 de su especialidad.

+info: Web Conselleria

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