Nuevas cuantías salariales SESPA, aplicando un incremento retributivo adicional del 0,5 % desde el 1 de enero de 2024

29 de xullo de 2025

Instrucciones de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), por las que se determinan las cuantías de los diferentes conceptos retributivos del personal del Servicio de Salud en cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de julio de 2025, por el que se aprueba un incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del IPCA previsto en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, a aplicar a las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias con efectos de 1 de enero de 2024.

De forma resumida os indicamos que:

  1. Personal estatutario del SESPA:
    Percibirá sueldo, trienios, pagas extraordinarias, complementos (destino, específico, carrera, productividad, atención continuada) y otros, según los anexos. Se actualiza la “Cláusula de Salvaguarda” un 3,5 % desde 2023.

  2. Personal de cupo y zona:
    Sigue recibiendo retribuciones conforme al sistema vigente, detallado en el anexo II consultar resolución.

  3. Personal en formación (residentes):
    Retribuciones incluyen sueldo, complementos por grado de formación, atención continuada y pagas extra, según el año de residencia y conforme al RD 1146/2006.

  4. Docentes universitarios con plaza vinculada:
    Las universidades gestionan sus nóminas según las transferencias del SESPA (anexo IV consultar resolución).

  5. Indemnizaciones por desplazamiento:
    Se mantienen las compensaciones por desplazamientos dentro del régimen ya establecido (anexo V  consultar resolución).

  6. Personal con categorías a extinguir:
    Retribuciones específicas reguladas en el anexo VI.

7-10. Personal de convenios específicos:
Se recogen las retribuciones del personal de los hospitales Monte Naranco, Salud Mental, Hospital General y Hospital del Oriente (anexos VII a X consultar resolución).

  1. Personal directivo del SESPA:
    Retribuciones detalladas por cargo, con posibilidad de productividad variable (anexo XI consultar resolución).

  2. Productividad en Unidades de Gestión Clínica:
    Se establece una cuantía máxima individual según complejidad y nivel (anexo XII, consultar resolución).

  3. Otras instrucciones:

  • Radiofísicos y psicólogos clínicos recibirán retribución como Facultativos Especialistas si cumplen los requisitos.

  • Los pediatras que atiendan a bebés sin TIS cobrarán la productividad desde el nacimiento.

  1. Naturaleza de las retribuciones:
    Todas las cuantías indicadas se consideran retribuciones íntegras.

 

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