Procedimiento selectivo 25-26. Personal funcionario que puede formar parte de tribunales

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13 de marzo de 2026

Resolución de 5 de marzo de 2026, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban los listados de personal funcionario de carrera que puede formar parte como vocal de los tribunales de selección del procedimiento selectivo para ingreso y acceso en los cuerpos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y para adquisición de nuevas especialidades convocado por Resolución de 24 de enero de 2024 y se ordena el sorteo correspondiente.

Ver resolución (pdf)

Vocales 059-Piano (pdf)

Vocales 010-Composición (pdf)

Vocales 038-E. Primaria (pdf)

Vocales 036-PT (pdf)

Vocales 035-Música (pdf)

Vocales 034-E. Física (dpf)

Vocales 032-Inglés (pdf)

Vocales 031-E. Infantil (pdf)

Vocales 037-AL (pdf)

El sorteo para determinar el orden de composición de los vocales de los tribunales se realizará el 19 de marzo, a las 13:00 horas, en los locales de la Consejería competente en materia de Educación.

 

PLAZO DE ALEGACIONES: del 16 al 20 de marzo de 2026, ambos incluidos, a través del formulario RRHH0111T04.

CAUSAS DE DISPENSA:

  • a) Las personas designadas para ejercer la presidencia titular y/o suplente del tribunal.
  • b) El personal funcionario que ocupe cargos de dirección, secretaría o jefatura de estudios en un centro público.
  • c) Las personas que estén nombradas para puestos en órganos de la administración.
  • d) Quienes hayan solicitado la jubilación, siempre que la fecha de pérdida de la relación con la administración sea anterior al 31 de julio de 2026.
  • e) El personal que se encuentre en situación de incapacidad temporal de larga duración (licencia por enfermedad de más de noventa días).
  • f) Quienes tengan concedido por la autoridad competente permiso para ejercer funciones sindicales
  • a) Los progenitores que a fecha 31 de julio de 2026 tengan al menos una hija o un hijo menor de tres años.
  • b) Los progenitores que tengan al menos una hija o un hijo menor de doce años habiendo sido nombrados miembros de tribunal ambos progenitores o un progenitor cuando se trate de familias monoparentales.
  • c) Las personas que hayan desempeñado de forma efectiva la función de miembro de tribunal en procedimientos selectivos convocados por el Principado de Asturias del mismo cuerpo y especialidad a partir de 2022, siempre que se disponga de suficiente número de personas para garantizar la adecuada constitución de tribunales en la especialidad de que se trate. 

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