Bases del concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional
12 de marzo de 2026
Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a las subescalas a que se refiere el artículo 92.bis) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pudiendo solicitar únicamente los puestos que, según su clasificación, correspondan a las subescalas y categorías a las que pertenezcan.
Podrán participar, asimismo, los funcionarios no integrados en dichas subescalas y categorías, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local, a que se refiere la Disposición Transitoria Tercera del Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo, en los términos siguientes:
- Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la subescala de SecretaríaIntervención.
- Los Secretarios de ayuntamientos «a extinguir», a Secretarías de Ayuntamientos con población que no exceda de 2.000 habitantes.
En cualquier caso, los funcionarios con nombramiento provisional están obligados a concursar a la totalidad de puestos ofertados en su subescala y categoría.