Especialidad: Dietista-Nutricionista
29 de outubro de 2026
DIETISTA-NUTRICIONISTA — INGESA
Convocatoria
Publicación: BOE de 29 de octubre de 2026.
🔹Plazas: 1 plaza de acceso libre.
🔹Vínculo: personal estatutario fijo.
🔹Sistema selectivo: concurso-oposición.
🔹Titulación: Grado en Nutrición Humana y Dietética o equivalente.
Solicitudes
🔹Plazo: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación. No cuentan sábados, domingos ni festivos.
🔹Presentación electrónica: modelo 790 a través de Inscripción en Pruebas Selectivas — IPS�.
🔹Tasa: el importe se indicará durante la inscripción.
⚠️Importante: hay que completar el registro de la solicitud y conservar el justificante; pagar la tasa no sustituye la inscripción.
🔹Fase de oposición: máximo 100 puntos
- Ejercicio único y eliminatorio:
🔹Test de 100 preguntas + 10 de reserva.
🔹2 supuestos prácticos, con 10 preguntas cada uno y una pregunta adicional de reserva.
🔹Duración: 180 minutos.
🔹Cuatro respuestas posibles por pregunta; solo una correcta.
🔹Cada error resta ¼ del valor de un acierto. Las respuestas en blanco no penalizan.
🔹Se supera con 50 puntos. Si no aprueban al menos tres aspirantes, podrá bajarse el corte hasta completar ese número, con un mínimo de 35 puntos.
🔹Lugar del examen: Ceuta.
🔹Fecha, lugar y hora: se anunciarán con al menos 20 días hábiles de antelación.
🔹Fase de concurso: máximo 100 puntos
🔹Méritos
🔹Puntuación máxima
🔹Experiencia profesional
🔹60 puntos
🔹Formación
🔹30 puntos
🔹Otros méritos: investigación y oposiciones superadas, 10 puntos
Solo se valoran los méritos de quienes superen la oposición.
⚠️Fecha límite de los méritos: 28 de octubre de 2026.
🔹Presentación de méritos: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de las notas de la oposición.
🔹Nota final: suma de oposición y concurso, hasta 200 puntos.
- Exenciones y bonificaciones de tasas:
🔹Discapacidad igual o superior al 33 %.
🔹Demandantes de empleo que cumplan los requisitos de la convocatoria.
🔹Familia numerosa: exención del 100 % en categoría especial y bonificación del 50 % en categoría general.
🔹Víctimas del terrorismo y familiares previstos en las bases.
⚠️Residentes en Ceuta y Melilla: deben aportar la documentación que justifique la exención o bonificación.