EL JUZGADO HA VUELTO A DAR LA RAZÓN A CSIF FRENTE A LA JUNTA DE EXTREMADURA

  • Asesoría Jurídica

5 de febreiro de 2026

La Asesoría Jurídica de CSIF ha ganado una sentencia, en nombre de un trabajador afectado, tras la decisión tomada por la Junta de Extremadura por la que no podía elegir plaza y tomar posesión de ella tras haber cumplido los 65 años de edad.
CSIF ya advirtió a la Junta de Extremadura que se estaba obrando de manera ilegal con todos aquellos a los que se les estaba negando la posibilidad de tomar posesión de la plaza por haber traspasado la edad de 65 años, considerando que esta edad era la forzosa para la jubilación, ya que no se estaba teniendo en cuenta el Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Este Decreto Legislativo dispone que la edad legal de jubilación forzosa del beneficiario, se producirá cuando se alcance la edad y periodo de cotización establecidos para cada ejercicio.
Por ello, el Fallo de la sentencia estima el recurso presentado por CSIF y revoca la Resolución por la que se desestimaba el Recurso de Alzada interpuesto por el trabajador.
 Desde CSIF recordamos a todos aquellos que estén participando o quieran participar en futuras oposiciones que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria, podrían incorporarse a la plaza obtenida, incluso después de cumplir los 65 años siempre y cuando no hayan llegado a la edad de jubilación forzosa establecida en la Ley General de la Seguridad Social.


SEGUIREMOS INFORMANDO PUNTUALMENTE

CSIF, PRIMER SINDICATO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A TU SERVICIO
 

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