Ayudas para alumnos de grado superior de FP beneficiarios de las becas Erasmus + para realizar la «Formación en Centros de Trabajo». Curso 2024-25. Convocatoria. BOCYL 18/09/2025.

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  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial
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18 de setembro de 2025


ONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

EXTRACTO de la Orden de 9 de septiembre de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en Centros de Trabajo», en el curso escolar 2024/2025.

 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. SUBVENCIONES

C.2. CONVOCATORIAS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

EXTRACTO de la Orden de 9 de septiembre de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en Centros de Trabajo», en el curso escolar 2024/2025.

BDNS (Identif.): 856923.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/856923)

Primero. Beneficiarios.

El alumnado de segundo curso de cualquier ciclo formativo de formación profesional de grado superior de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, que haya resultado beneficiario de una beca del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en Centros de Trabajo», en el curso escolar 2024/2025.

Segundo. Objeto.

Convocar ayudas complementarias, en régimen de concesión directa al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en Centros de Trabajo», en el curso escolar 2024/2025.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden EDU/821/2023, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/481/2019, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en centros de trabajo».

Cuarto. Cuantía.

1. La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de Cien Mil Euros (100.000,00 €) con cargo a la aplicación 07.07.322A02.4803X.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2025.

2. El importe mensual de las ayudas será el resultado de dividir el crédito asignado a esta convocatoria entre el número total de meses de estancia previstos de los beneficiarios, con un máximo de tres meses para cada uno de ellos.

3. La cantidad que se conceda a cada beneficiario será la resultante de multiplicar el importe mensual de la ayuda, obtenida con arreglo a lo dispuesto en el punto 2, por el número de meses, o fracción de la estancia, con un máximo de tres meses, sin que en ningún caso la cuantía de la ayuda complementaria exceda la cuantía de la beca concedida en el marco del programa Erasmus+ y sin que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 9 de septiembre de 2025.

La Consejera,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

 

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