CSIF requiere información sobre la aplicación del teletrabajo en CAISS y unidades dependientes de la Dirección Provincial del INSS de Cádiz
6 de outubro de 2026
En un escrito presentado ante la Dirección Provincial del INSS de Cádiz, la Central Sindical solicita datos numéricos y motivaciones
Cádiz, 5 de octubre de 2026
EXPONE:
PRIMERO. Que con fecha 15 de julio de 2026 se firmó el Acuerdo de la Mesa Delegada de la Administración de la Seguridad Social. En dicho acuerdo, concretamente en su punto 2, se establece la implantación de un segundo día de trabajo no presencial a la semana, con carácter general y voluntario para todas las Entidades Gestoras, con efectos de 1 de octubre de 2026.
SEGUNDO. Que el pasado 8 de septiembre de 2026 se emitieron las Instrucciones sobre la aplicación de algunas medidas de dicho acuerdo. Estas instrucciones estipulan que, para que sea autorizada la modalidad de dos días, el responsable de la unidad debe acreditar que las tareas susceptibles de realizarse en remoto suponen al menos un 40% semanal. Asimismo, se contempla expresamente la adaptación del régimen general para facilitar el acceso al teletrabajo en las unidades de atención directa de la Red local, permitiendo establecer dos turnos de trabajo a distancia siempre que queden garantizados los niveles de atención y gestión.
TERCERO. Que esta representación sindical está observando una casuística muy diversa en la aplicación práctica de esta modalidad entre el personal adscrito a esta Dirección Provincial. En el marco de nuestra labor de acción sindical, nuestra misión es velar por el estricto cumplimiento del Acuerdo suscrito y garantizar la máxima objetividad, equidad y transparencia en su implantación en todos los departamentos. A tal efecto, constatamos que se están produciendo situaciones variadas en la tramitación de las peticiones, tales como en algunos casos la concesión de ninguno o un solo día frente a los dos solicitados de origen, o denegaciones fundamentadas en posibles cambios de funciones. Tenemos también constancia de que existe personal en ese centro con más de un año de antigüedad que a fecha de hoy no han sido autorizados a la realización de ningún día de teletrabajo. Resulta fundamental recordar, en todo caso, que el propio acuerdo estipula que las causas de denegación serán elevadas al grupo de trabajo de la Mesa Delegada para su estudio y búsqueda de soluciones.
CUARTO. Que, al amparo del derecho a la información inherente a la acción sindical (Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical), así como en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública reconocido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, resulta imprescindible conocer los datos objetivos sobre la aplicación de este acuerdo en nuestra provincia para analizar su correcta implementación.
Por todo lo expuesto, SOLICITA:
Que se tenga por presentado este escrito y se proceda a facilitar a esta representación sindical la siguiente información. Se requiere expresamente que todos los datos numéricos y motivaciones se faciliten desglosados de manera pormenorizada por cada uno de los servicios, por cada una de las unidades administrativas y, con el mismo nivel de detalle, por cada una de las oficinas del CAISS dependientes de esta Dirección Provincial del INSS de Cádiz:
1. Número total de solicitudes de trabajo a distancia presentadas al amparo del nuevo marco, desglosadas por unidad, servicio y por cada oficina del CAISS.
2. Número de solicitudes en las que se ha aprobado la modalidad de dos días de teletrabajo semanales, desglosadas por unidad, servicio y por cada oficina del CAISS.
3. Número de solicitudes en las que se ha aprobado un solo día de teletrabajo a la semana, especificando en cuántas de ellas el empleado había solicitado originariamente dos días, desglosadas por unidad, servicio y por cada oficina del CAISS.
4. Número de solicitudes que han sido denegadas en su totalidad, desglosadas por unidad, servicio y por cada oficina del CAISS.
5. Relación detallada de las causas y motivos de las denegaciones y minoraciones (de dos a un día, o de un día a ninguno en la actualidad), desglosada por unidad, servicio y por cada oficina del CAISS. Se solicita especificar de forma numérica cuántas resoluciones se amparan en el criterio de no alcanzar el 40% o 20% de tareas en remoto, cuántas en "cambios de funciones" y cuántas en otras motivaciones organizativas.
6. Número total de denegaciones correspondientes a esta Dirección Provincial que ya han sido formalmente elevadas al grupo de trabajo de la Mesa Delegada para su estudio, tal y como exige el punto 2 del Acuerdo de 15 de julio de 2026, desglosadas por unidad, servicio y por cada oficina del CAISS.
7. Informe sobre los criterios organizativos específicos que se están aplicando para valorar la compatibilidad del teletrabajo con los niveles de atención y gestión requeridos, detallando de forma individualizada si existen directrices particulares para los distintos servicios o para cada oficina del CAISS.