ÚLTIMA HORA EN LA JUBILACIÓN PARCIAL CON RELEVISTA
10 de xullo de 2026
Se reúne la Comisión de seguimiento de los Acuerdos para la la Jubilación Parcial del Personal Laboral de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Hoy 10 de julio se ha reunido la Comisión de Seguimiento de los Acuerdos sobre Jubilación Parcial en nuestra comunidad autónoma, solicitada por CSIF, con asistencia de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial, firmantes de dichos acuerdos y responsables de los distintos Servicios de la Dirección General de la Función Pública.
En dicha Comisión se han expuesto las novedades que introduce el recientemente publicado Real Decreto Ley 19/2026 de 29 de junio y de qué modo se complementa con el trabajo ya realizado aquí, en cuanto a la organización de procesos selectivos que contemplen la posibilidad de contar con trabajadores/as relevistas, cuyos contratos puedan vincularse con las solicitudes realizadas a través de la aplicación electrónica, habilitada para este fin.
La normativa estatal ,que confiamos se convalide en el Congreso de los Diputados en el plazo de un mes, contempla un régimen transitorio gracias al que podemos utilizar como relevistas a trabajadores/as de nuevo acceso que hayan firmado su contrato laboral fijo a partir del día 1 de abril de 2025, con carácter retroactivo.
Esta disposición transitoria permite la tramitación de las solicitudes ya realizadas de manera casi inmediata.
Se han contabilizado 190 solicitudes de las cuales 150 cumplen los requisitos para su gestión a día de hoy y se han contabilizado más de 300 contratos firmados que pueden adaptarse como relevistas de estas jubilaciones.
Función Pública ha asumido liderar y coordinar este primer lote de jubilaciones, vinculando contratos, emitiendo un certificado de empresa requerido por el INSS, en este mismo mes de julio y hasta el mes de septiembre. Cediendo posteriormente el resto de la gestión a las unidades de personal de los diferentes Departamentos de los que dependen los trabajadores que vayan a jubilarse y que serán quienes contactarán con los interesados.
IMPORTANTE
Debes saber que:
-El hecho de que un contrato ya firmado se reconsidere ahora como contrato de relevo no tiene ninguna repercusión para el trabajador/a que continuará como hasta ahora conservado su mismo puesto de trabajo así como sus derechos de movilidad, o de cualquier otro tipo.
-El trabajador solicitante de Jubilación Parcial, debe solicitarla también en el INSS (que es el organismo que jubila) con el certificado de empresa que le proporcionará la Administración. En su unidad de personal de referencia le harán una renovación contractual con las nuevas condiciones.
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN PROPUESTO POR CSIF
Fase 1 (Inmediata): Regularizar solicitudes pendientes de 2025/2026 mediante la vinculación a fijos de OEPs anteriores (Transitoria Única).
Fase 2 (Hasta abril de 2027): Gestionar las peticiones de jubilación que no se puedan atender por falta de correspondencia de bases de cotización utilizando contratos temporales. (En estudio de viabilidad)
Fase 3: Gestionar las peticiones no gestionadas en fase 1 y las nuevas peticiones vinculándolas a la OEP 2026 que se desarrollará después del verano.
Desde CSIF valoramos muy positivamente esta decisión de la Administración de gestionar de manera inmediata todas las jubilaciones parciales a la espera, tal y como contemplaba nuestra propuesta con el Real Decreto Ley ya publicado.
En este caso, podemos decir que nuestra Administración, gracias a la negociación colectiva, es la primera en España, en adoptar medidas eficaces para devolver este derecho a su personal laboral tras el fiasco que supuso el cambio de normativa en abril de 2025.
CSIF SIGUE TRABAJANDO A NIVEL NACIONAL PARA EXTENDER ESTE DERECHO AL PERSONAL FUNCIONARIO Y ESTATUTARIO.