ANDALUCÍA. CSIF solicita el mantenimiento y concesión de las autorizaciones de teletrabajo hasta la negociación y aprobación de su nueva regulación en Mesa Sectorial

6 de febreiro de 2026

Desde CSIF, sindicato más representativo de la Administración de Justicia, hemos presentado por Registro Electrónico escrito dirigido a la Secretaria General de Servicios Judiciales tras la existencia de instrucciones verbales y comunicaciones remitidas incluso por correo electrónico, mediante las cuales se ha comunicado que se van a denegar la concesión de nuevas autorizaciones de teletrabajo en el ámbito de la Justicia de Andalucía amparándose  en las novedades organizativas y de las nuevas formas de trabajo derivadas de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, y con carácte previo a iniciar los trabajos encaminados a la regulación del teletrabajo.

Esta actuación resulta profundamente preocupante, especialmente en el actual contexto normativo, en el que el teletrabajo no constituye ya una medida excepcional, sino una modalidad ordinaria de prestación de servicios, expresamente reconocida en el artículo 47 bis del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), así como en el Real Decreto-ley 6/2023 y en la reciente Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia.

Durante los últimos años, el teletrabajo se ha consolidado de manera incuestionable en la Administración de Justicia siendo Andalucía uno de los primeros ámbitos territoriales que lo puso en vigor en el año 2020 con la pandemia y con ámbito de aplicación a la administración de justicia andaluza, no solo como instrumento esencial para garantizar la continuidad del servicio público en una situación extraordinaria, sino como una herramienta estructural de organización, que ha demostrado sobradamente su eficacia en términos de productividad, digitalización, racionalización de recursos, conciliación de la vida personal y laboral y mejora del clima de fiscalías y oficinas judiciales. El esfuerzo organizativo para implantar y desarrollar esta modalidad de trabajo, avanzando en procesos de modernización resultarían estériles si ahora se optara por una supresión abrupta y no negociada del teletrabajo.

Desde una perspectiva económica, organizativa y medioambiental, la eliminación de esta modalidad supondría un retroceso injustificable por parte de la Consejería de Justicia que volvería a agraviar a los funcionarios de justicia andaluces respecto al restos de empleados públicos de la Junta de Andalucía, con impacto negativo directo en la eficiencia del servicio público, un aumento innecesario de costes y un abandono de los compromisos asumidos en materia de sostenibilidad y reducción de la huella de carbono, en línea con los objetivos de la Agenda 2030.

CSIF quiere recordar que, desde el año 2020, esta organización sindical ha manifestado reiteradamente su total disposición a negociar una regulación estable, segura y plenamente ajustada a derecho del teletrabajo en la Administración de Justicia.

Como hemos indicado anteriormente, las novedades organizativas y de las nuevas formas de trabajo derivadas de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, no puede ni debe justificar una situación de bloqueo, inseguridad jurídica y precariedad organizativa, ni mucho menos una suspensión y denegación generalizada de nuevas solicitudes, que está generando una evidente situación de desigualdad y discriminación entre los empleados públicos de la Junta de Andalucía, incluso con 2 días de teletrabajo, y aquel al que se le impide acceder a esta modalidad de prestación de servicios por pertenecer a justicia dentro de la misma administración andaluza.

Resulta especialmente grave que, mientras se anuncia la próxima creación de un grupo de trabajo para abordar la nueva regulación del teletrabajo en Mesa Sectorial, se estén adoptando decisiones unilaterales que vacían de contenido la negociación colectiva y vulneran los principios recogidos en el TREBEP en relación con este derecho del personal funcionario.

Por todo lo expuesto, desde CSIF hemos solicitado que se acuerde:

  1. Garantizar el mantenimiento del teletrabajo en la Administración de Justicia, al menos en las condiciones en que se viene prestando hasta la fecha, asegurando la continuidad de las autorizaciones vigentes y la tramitación y concesión de nuevas solicitudes mientras no se apruebe una regulación negociada en la mesa sectorial de negociación.
  2. Dictar instrucciones claras y homogéneas a todos los órganos y responsables administrativos, revocando expresamente cuantas instrucciones verbales o escritas se hayan emitido en sentido de suspender y denegar las peticiones de teletrabajo.

CSIF considera que cualquier otra actuación supondría un grave retroceso en derechos, eficiencia y modernización de la Administración de Justicia, además de un quebranto del principio de negociación colectiva.

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