ABONO DEL INCREMENTO RETRIBUTIVO DEL 2% PENDIENTE DE 2020
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25 de August de 2025

Está expuesta en https://portalempleado.gobex.es/empleado , la Circular 3/2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se informa sobre el procedimiento y criterios a seguir para el abono del incremento retributivo de 2% pendiente de 2020, al personal perteneciente al ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura y organismos autónomos sin presupuesto diferenciado cuya nómina se gestiona a través de aplicativo SIRhUSx.
Por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 15 de abril de 2025, se acordó abonar las cantidades derivadas del citado incremento retributivo, correspondiente a los meses de enero a noviembre de 2020, sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2019 de los conceptos retributivos de sueldos, trienios o antigüedad y complemento de destino, al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus Organismos Autónomos que se hallara en situación de servicio activo durante el período al que se refieren los abonos. Dicho acuerdo establece que el importe total a abonar se distribuirá entre las anualidades 2025, 2026 y 2027, por importe anual de 1/3 del valor total generado.
El abono se realizará de oficio, cuando el empleado afectado se encuentre activo en esta Administración en el último día del mes anterior al del pago. Si el empleado afectado se encontrase en alguna situación distinta a la de servicio activo en esta Administración, pero figurara activo en el CICYTEX o en algún organismo autónomo con presupuesto diferenciado de esta Comunidad Autónoma, el abono se realizará de la misma forma por parte del mencionado organismo.
Para los empleados en situación distinta de la del servicio activo (ejem. jubilaciones), para la anualidad a abonar en 2025, la Administración indicará por medio de resolución dictada al efecto, la cual será objeto de publicidad a través del Portal del Empleado Público, el procedimiento y plazos a seguir. En cualquier caso, los pagos tendrán lugar una vez finalizados los abonos de oficio y, en todo caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.