COMISIÓN PARITARIA

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29 de September de 2025

-1º) Propuesta de acuerdo de determinación de las categorías profesionales de personal laboral a convocar correspondientes a la OEP 2025 en plazas de nuevo ingreso y promoción interna, con detalle de los requisitos de titulación o experiencia profesional sustitutoria y características específicas

 CSIF ratifica el acuerdo alcanzado sobre la convocatoria de OPE 2025.

 -2º) Información sobre el proyecto de Orden de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo por la que se regulan los requisitos, criterios y procedimientos para la concesión de las ayudas contempladas en el Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid y en el Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, tras la eliminación en los textos convencionales de los aspectos procedimentales.

 Se transcribe lo abordado en Comisión de  Seguimiento de Funcionarios.

 -3º) Información sobre el número de adscripciones provisionales a puestos de carrera realizadas en el segundo semestre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.4 del Convenio Colectivo único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid para el periodo 2025-2028. 

 La DGFFPP va a proceder a entregarnos las adscripciones provisionales

 -4º) Interpretación del artículo 176.3, respecto de la cuantía aplicable a los trienios del personal laboral que con anterioridad y sin solución de continuidad, prestó servicios como personal funcionario.

Se abre debate sobre la cuantía de percepción del trienio consolidado como funcionario de interino, una vez que el trabajador adquiere la condición de laboral fijo sin solución de continuidad. CSIF solicita el reconocimiento de toda la antigüedad y que se abonen los trienios a precio de personal laboral.

La DGFFPP va a solicitar informe a la DGRRHH para ver como tienen que proceder respecto de la cuantía a abonar en relación a los trienios  consolidados por este personal.

 -5º) Situación de la jubilación parcial

 La DGFP informa que los listados enviados desde la Conserjerías y Organismos Autónomos, están ya en poder de la DGRRHH y están en fase del proceso se están limpiando errores y solicitudes que no cumplen con los requisitos establecidos. Una vez realizado el cribado, las solicitudes finales se devolverán a la DGFP para que los remita a la Secretaría de Estado. Nos mantendrán informados en cuanto tengan más datos que ofrecernos y se espera que se pueda llegar en fecha para abordar la TASA DE REPOSICIÓN EXTRAORDINARIA pactada.

-6º) Alcance de la cláusula de garantía del artículo 176.3 del Vigente Convenio Colectivo por la que debe respetarse el número de trienios reconocidos al personal funcionario interino que pasa a la condición de personal laboral fijo sin que medie entre ambas situaciones solución de continuidad

 CSIF ha solicitado que se respete según dice el actual Convenio Colectivo los trienios generados como personal funcionario interino cuando se pasa a personal laboral fijo sin solución de continuidad y que en este caso y como ya se ha visto en el punto 4, lo que se discute es la cuantía a percibir, pero nunca el reconocimiento del derecho, existiendo una caso en particular que había sido denegado a un trabajador del AMAS.

La DGRRHH toma la palabra para indicar a los responsables del AMAS que deben solucionar esta situación presentada por CSIF, dándonos la razón y cumplir con lo establecido en Convenio Colectivo.

Los responsables del AMAS han comunicado que van a proceder con las indicaciones recibidas y van a reconocer dichos trienios.

-7º) Aplicación al personal temporal con contrato de circunstancias de la producción del artículo 103.2 b), en lo que se refiere a la alternancia de la libranza en sábados, domingos y festivos, en los mismos términos que se aplica al personal fijo e interino de vacante, concretamente en las Residencias de Mayores de la AMAS: “Doctor González Bueno”, “Reina Sofía”, “Gran Residencia”, “Navalcarnero” y “Santiago Rusiñol” . 

La respuesta recibida por parte del AMAS es que todas las organizaciones sindicales conocen las dificultades que presenta la Agencia en relación con los procesos selectivos de Estabilización de Empleo y Libre. Desde esta situación, comentan que se está realizando dicha alternancia siempre y cuando ha sido posible pese a los numerosos movimientos en las plantillas de las Residencias, por lo que ha sido muy difícil poder cumplir con todos los cuadrantes.

La DGFP recuerda que lo que dice el Convenio al respecto del descanso semanal en la AMAS y que este, vendrá determinada por la armonización de los intereses del personal y las necesidades del servicio, tendiéndose en aquellos servicios en los que sea posible a la implantación de la alternancia en la libranza de sábados, domingos y festivos. Por tanto considera que la Agencia no está incumpliendo el Convenio.

 -8º) Estado actual de los procesos selectivos. Estabilización, disposición adicional octava y convocatorias libres.

Se nos informa que actualmente del proceso de estabilización quedan 16 procesos (2 concurso-oposición y 14 de concurso), pero que tienen previstos finalizar en breve.

Respecto a los procesos de la Disposición Adicional Octava, quedan tres procesos, el 476 de Titulado Medio y el 475 que es Técnico Especialistas Centros de Medidas Judiciales están muy avanzados. Respecto al proceso 472 de Titulado Medio Perito Judicial se va a proceder a constituir el Tribunal en esta semana y el primer y único examen está previsto para noviembre de 2025.

Además están pendiente en 49 de Libre y 28 de P. interna a los que deben sumarse todos los de la OPE 2025 que se ACUMULAN.

En referencia al proceso 565/2021 de promoción interna de Administrativo C1, se ha publicado hoy mismo el listado definitivo de la fase de concurso y sorteo para dirimir empates.

 -9º) Derecho a la aplicación de la encomienda de funciones de superior categoría, en los supuestos de que el puesto vacante a ocupar tenga una jornada a tiempo parcial. 

Esta problemática a surgido por medio de un trabajad@r del AMAS al cual se le ha denegado una encomienda de funciones de superior categoría del nivel 3 al pasa al nivel 6, ya que tenía una jornada laboral del 100% y pasaba a una del 61,05% de forma voluntaria.

Desde la DGFFPP entienden que el Convenio en su artículo 65 no impide este supuesto y que AMAS debe justificar esta denegación y que esta no puede responder a cuestiones de dificultad técnica para impedirlo. Recordando que el trabajador podrá interponer los recursos que considere en base a lo aquí comentado.

 -10º) Cobertura por interinaje de plazas no vinculadas a OEP

Como se ha comentado en Mesa Técnica, solamente se van a cubrir las plazas vinculadas a OPE. Se recuerda por parte de la Administración que es el Centro Directivo el que tiene que solicitar  a RRHH que vinculen las plazas y solicitar formalmente su cobertura.

Por ahora sólo quedan por cubrir unas 20 plazas derivadas de los procesos selectivos, puesto que el candidato al que se adjudica el puesto, se encuentra en situación de Incapacidad Temporal y que no han podido tomar de posesión.

 -11º) Solicitud de información sobre el estado del proceso selectivo convocado mediante ORDEN 396/2022, para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista I, de distintas especialidades

 Se nos informa que este proceso al tener tantas especialidades ha sido dificultoso a la hora de encontrar Tribunal de selección, pero que en este mes creen que quedará cerrado y que a principios del año 2026 se procederá con el primer ejercicio.

 

 

 

 

 

 

 

 

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Arxius adjunts

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