Curso - Acreditación de la función directiva en Andalucía

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13 de November de 2025

Formación · Función directiva

Convocado el curso de 150 horas para la acreditación de la función directiva en Andalucía

Resolución de 6 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, publicada en el BOJA nº 219 de 13 de noviembre de 2025.

🟢 En qué consiste la convocatoria

Se convocan 1.200 plazas, en régimen de concurrencia competitiva, para realizar una nueva edición del curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, previsto en la Ley Orgánica 2/2006 y desarrollado por el Real Decreto 894/2014.

La superación del curso permite obtener la certificación acreditativa necesaria para el acceso y ejercicio de la dirección en los centros docentes públicos no universitarios de Andalucía.

📚 Modalidad, duración y calendario

  • Modalidad: curso a distancia, a través del Aula Virtual de Formación del Profesorado.
  • Duración total: 150 horas de formación.
  • Fechas previstas: entre los meses de enero y mayo de 2026.
  • Estructura modular según el RD 894/2014, con:
    • Módulos troncales sobre normativa, organización, gestión de recursos, liderazgo y calidad.
    • Módulo específico andaluz (30 horas) con diagnóstico y líneas estratégicas de la educación en Andalucía.
    • Módulo VI: Proyecto de dirección, de carácter obligatorio.

👥 Quién puede participar

Podrá participar el siguiente profesorado:

  • Personal funcionario docente de centros públicos no universitarios de Andalucía.
  • En servicio activo durante todo el curso académico en:
    • Centros docentes públicos,
    • Servicios educativos, o
    • Puestos técnicos de la Administración educativa relacionados con servicios educativos.
  • Que no esté ya en posesión de la acreditación o habilitación para la dirección, ni haya superado previamente un curso de formación o actualización sobre función directiva regulado por el RD 894/2014.

El profesorado del Cuerpo de Maestros que presta servicio en IES optará a plazas de secundaria en su zona educativa.

🔎 Prioridades y exenciones

  • La participación del personal funcionario de carrera tiene carácter prioritario. Las plazas no cubiertas podrán adjudicarse a personal interino.
  • Quienes estén en posesión de un máster o título oficial de posgrado en Dirección y Gestión de Centros Docentes quedan exentos de todos los módulos troncales y del módulo específico andaluz, debiendo superar únicamente el Módulo VI (Proyecto de dirección).
  • Estas personas no computarán a efectos de asignación de plazas (no ocupan plaza del cupo convocado).

📝 Solicitudes, forma de participación y plazos

  • La participación se realizará exclusivamente de forma telemática a través del formulario habilitado en la web de la Consejería:
    👉 Portal Docente · Junta de Andalucía
  • Será necesario autenticarse con:
    • Certificado electrónico reconocido, o
    • Usuario IdEA y tarjeta DIPA para la firma electrónica.
  • La solicitud genera un número identificativo único y debe completarse todo el proceso de teletramitación, obteniendo el resguardo de presentación.
  • Plazo: 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en BOJA. Transcurrido dicho plazo no se admitirá nueva documentación ni méritos no alegados.
  • La documentación no obrante en la Administración se adjuntará en PDF, legible y con indicación del tipo de documento. En caso de títulos en lenguas distintas del castellano será necesaria traducción oficial.

📊 Criterios de adjudicación de plazas

Las plazas se adjudican por zonas educativas y tipos de centro (Infantil/Primaria, Secundaria/FP, EOI/EA/Conservatorios/CEPER) según el Anexo I de la resolución.

Se aplican los siguientes criterios:

  • Prioridad del funcionariado de carrera sobre el personal interino (art. 4.5 del Decreto 152/2020).
  • Dentro del funcionariado de carrera, prioridad para quienes cumplan el requisito de al menos 5 años de antigüedad como funcionarios de carrera en la función pública docente para ser candidatos a la dirección (art. 134.1.a) LOE).
  • Aplicación del baremo del Anexo III, que valora:
    • Antigüedad (hasta 3 puntos)
    • Cargos directivos y otras funciones de coordinación (hasta 5 puntos)
    • Formación académica (hasta 2 puntos)
    • Formación y perfeccionamiento en materia directiva (hasta 4 puntos)
  • En caso de empate: se prioriza la mayor puntuación en cada apartado del baremo, la mayor antigüedad en el cuerpo y, de persistir, la letra inicial del primer apellido comenzando por la letra «H».

El exceso de demanda en un tipo de centro o zona educativa puede redistribuirse a otras zonas o provincias, según lo establecido en la resolución.

📅 Listados, alegaciones y comienzo del curso

  • Las Comisiones Provinciales elaborarán listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas con la puntuación y adjudicación de plazas.
  • La Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado publicará estos listados provisionales mediante resolución en la web de la Consejería.
  • Se establece un plazo de 5 días hábiles para presentar reclamaciones, alegaciones o renuncias a través del Portal del Personal Docente.
  • Posteriormente, se publicarán los listados definitivos con la adjudicación final de plazas.
  • La resolución con los listados definitivos indicará también la fecha de comienzo del curso y tendrá efectos de notificación a las personas seleccionadas.
  • Las bajas sobrevenidas podrán cubrirse dentro del plazo que establezca la Comisión Andaluza de Coordinación.

🏁 Certificación y requisitos de superación

  • Para obtener la certificación será necesario:
    • Superar todos los módulos del curso.
    • Realizar las tareas obligatorias asociadas a cada módulo.
    • Elaborar y superar un Proyecto de dirección (Módulo VI).
  • El profesorado que participe con máster oficial en dirección y gestión de centros (punto tercero.4) solo deberá superar el Módulo VI.
  • La Consejería expedirá un certificado de 150 horas para la acreditación de la función directiva a quienes superen el proceso formativo.
  • Todo el trabajo (tareas y proyecto) debe ser original e inédito. El plagio supondrá la pérdida del derecho a finalizar la actividad y la no certificación, además de las posibles responsabilidades disciplinarias.

⚖️ Recursos

Contra la resolución que convoca el curso, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse:

  • Recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dicta la resolución.
  • Recurso contencioso-administrativo directo en el plazo de dos meses ante el órgano jurisdiccional competente.
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