CSIF activa la reclamación de atrasos salariales en la CARM

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14 de de novembre de 2025

CSIF AGCA Región de Murcia inicia una campaña para reclamar nocturnidad, festivos, turnicidad y pagas extra mal abonadas.

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CSIF inicia la reclamación urgente de atrasos salariales para el personal de Administración y Servicios de la CARM

CSIF AGCA Región de Murcia informa de un importante avance para los trabajadores de la Administración y Servicios de la CARM: recientes sentencias del Tribunal Supremo confirman que la Administración ha aplicado de forma incorrecta el pago de determinados conceptos salariales. Esto abre la puerta a que quienes realizan turnos, festivos, nocturnidad o turnicidad, así como quienes han efectuado excesos de jornada o guardias, puedan reclamar cantidades económicas que les pertenecen y que no han sido abonadas.

Estas resoluciones judiciales consolidan tres derechos esenciales que afectan a un gran número de empleados públicos:

1. Cobro íntegro de pluses fijos en situaciones de IT, permisos y vacaciones

El Tribunal Supremo determina que la CARM no puede retirar complementos fijos vinculados al puesto —como Festivos, Nocturnidad o Turnicidad— cuando el trabajador se encuentra de vacaciones, de permiso o en situación de incapacidad temporal. Si estos pluses se perciben de forma habitual por la naturaleza del puesto, deben abonarse también durante estos periodos.
Muchos trabajadores han dejado de percibir, durante años, cientos o incluso miles de euros por esta práctica ahora declarada incorrecta.

2. Inclusión de los complementos fijos en las pagas extraordinarias

Las sentencias confirman que las pagas extra no pueden limitarse al sueldo base. Todo complemento fijo mensual debe integrar el cálculo de las pagas extraordinarias de junio y diciembre. Su exclusión por parte de la Administración supone un pago incompleto de estas retribuciones.

3. Revisión del cálculo de horas de exceso de jornada y guardias

El Tribunal Supremo valida la fórmula que establece que estas horas deben tener un valor superior, corrigiendo el método anterior utilizado por la Administración, que reducía injustificadamente su cuantía. Esto permite reclamar la diferencia económica no abonada durante los últimos años.

 

El tiempo juega en contra: solo pueden reclamarse los últimos 4 años

La normativa fija una prescripción de cuatro años, por lo que las cantidades anteriores a finales de 2021 se perderán si no se reclama a tiempo. CSIF urge a todos los trabajadores afectados a iniciar el procedimiento cuanto antes.

 

 ¿Cómo reclamar las cantidades adeudadas?

Dada la complejidad jurídica y técnica de estos procedimientos, CSIF AGCA Región de Murcia ha activado su Asesoría Jurídica para realizar una reclamación masiva con todas las garantías.

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En CSIF seguimos defendiendo tus derechos y un salario justo.

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