Quinta reunión del grupo de trabajo sobre el Real Decreto básico de carrera profesional
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16 de de febrer de 2026
CSIF exigió al Ministerio que traiga al grupo de trabajo datos económicos sobre retribución por grado de carrera y, sobre todo, una primera propuesta de encuadramiento
CSIF exigió al Ministerio que traiga al grupo de trabajo datos económicos sobre retribución por grado de carrera y, sobre todo, una primera propuesta de encuadramiento. En caso contrario, CSIF solicitará la convocatoria de la comisión de seguimiento del acuerdo de 8 de enero de 2025.
Si bien es cierto, que para negociar la retribución es importante saber lo que se va a pedir a cambio, que es en lo que está ahora el grupo de trabajo, tras cinco reuniones creemos que el Ministerio debe presentar su propuesta económica y la confronte con las que CSIF y el resto de sindicatos presentamos hace semanas.
El Ministerio remitió dos documentos un borrador parcial de Real Decreto (12 artículos) con aquellas cuestiones que hay han sido objeto de reuniones anteriores sobre las que va habiendo cierto consenso sin perjuicio de que se pueda seguir realizando alegaciones y un segundo documento que recoge el primer esbozo de la evaluación del desempeño.
CSIF reiteró que no somos partidarios de incluir la evaluación del desempeño dentro de la carrera. No obstante, para el Ministerio y Función Pública se trata de una cuestión que debe incluirse, si o si, en el texto si se quiere que salga adelante.
En este sentido, CSIF reclamó que:
- la evaluación del desempeño no se debe confundir con la productividad. Mientras que ésta se relaciona aspectos cuantitativos y objetivos concretos, aquélla hace referencia a la contribución personal en la mejora de la calidad del servicio, aspectos cualitativos. El Ministerio matizó y se mostró de acuerdo con esta distinción. Al hilo de esta alegación, CSIF reiteró la necesidad de revisar la regulación básica de la productividad sobre la base de objetivos claros y verificables y retribuciones adecuadas.
- la competencia para evaluar el desempeño tiene que ver con los puestos de dirección y no con cuerpos de la administración. Así propusimos que esa evaluación se realice para todo el personal de un servicio (con independencia del cuerpo al que se pertenezca) por la misma persona con un cargo de dirección.
- la carrera es individual y, por lo tanto, debe referirse a parámetros individuales para que no dependa de lo que hagan otros.
- sólo se emita informe con evaluación en los casos en los que esta vaya a ser negativa. El punto de partida es que todo el mundo desempeña correctamente su puesto y, sólo en el caso en el que se crea que no es así, es cuando hace falta justificarlo. En este caso, la evaluación debe ser:
-
- objetiva, a través de una serie de parámetros previamente conocidos.
- motivada suficientemente
- notificada fehacientemente y con posibilidad de ser impugnada ante la administración prestacional (Ministerio o CCAA) según los casos.
- por todo el periodo de consolidación del grado y no anual como propone el Ministerio.
- Que la existencia de un informe negativo no suponga la exclusión de la carrera definitivamente sino impide el acceso a un nuevo grado en un momento determinado.
- se elimine el requisito de tiempo mínimo de prestación de servicios para acceder a la evaluación incluyendo en el real decreto, además, una serie de situaciones en las que el personal no se viera perjudicado en su carrera por ausencias reglamentarias o el ejercicio de derechos, al igual que recoge para el tema de la formación.
En relación con el borrador parcial de Real Decreto, CSIF recuerda que esa es la finalidad de un grupo de trabajo, la confección de un documento que se pueda elevar a la mesa para su negociación. En este sentido, CSIF presentó alegaciones a su redacción:
Un modelo de carrera profesional sin evaluación del desempeño, basado en el tiempo de servicios prestados y en la formación.
- Mantenimiento de los grados de carrera con el reingreso del funcionario.
- Modelo de carrera en cuatro grados con cinco años en cada grado para su perfeccionamiento. En nuestra propuesta se contempla una retribución del:
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- 75% del sueldo base de cada cuerpo para el grado IV
- 55% del sueldo base de cada cuerpo para el grado III
- 35% del sueldo base de cada cuerpo para el grado II
- 20% del sueldo base de cada cuerpo para el grado I
- Garantía del abono de la carrera desde el momento en que se cumple el ciclo de años para la consolidación del grado y, en su defecto, garantía de que se abonará el 1 de enero del año siguiente al año de consolidación de grado. El procedimiento de solicitud y reconocimiento no debe afectar a la efectividad de la consolidación de grado.
- Ningún aspecto a valorar de la carrera puede ser excluyente ni tampoco se puede ligar la consolidación de grado a, por ejemplo, la participación obligatoria o a los puntos de una única área de conocimiento o materia.
Fitxers adjunts
- 20260212 Alegaciones CSIF al documento sobre evaluacion desempeño.pdf
- 20260212 Alegaciones CSIF al borrador parcial carrera 12 feb.pdf
- borrador RD CARRERA PROFESIONAL 12-02-26.pdf
- borrador EVALUACION DEL DESEMPEÑO 10-2.pdf
- 20260216 CSIF INFORMA quinta reunion de la carrera profesional.pdf
- 20250919 CSIF INFORMA La carrera profesional en 10 preguntas act.pdf