¿Te faltan años de cotización?

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16 de de juliol de 2024

SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ESPECIAL CON LA SEGURIDAD SOCIAL A EFECTOS DEL CÓMPUTO DE LA COTIZACIÓN POR LOS PERIODOS DE PRÁCTICAS FORMATIVAS Y DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS


CSIF Seguridad Social Convenio especial

Aprobada por el Gobierno la Orden por la que los periodos de prácticas o programas de formación investigadora computarán como años cotizados, las personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden podrán solicitar a la tesorería general de la seguridad social los periodos de prácticas realizados.


Ámbito de Aplicación

  • Alumnos universitarios (titulaciones oficiales y títulos propios).
  • Alumnos de formación profesional (excepto formación profesional intensiva).

Tipos de prácticas:

  • Las prácticas NO remuneradas deberán haberse producido con anterioridad al 1 de enero de 2024.
  • Las prácticas remuneradas deberán haberse producido con anterioridad al 1 de noviembre de 2011. En el supuesto de prácticas remuneradas realizadas con anterioridad al 1 de noviembre de 2011, si los solicitantes del convenio ya hubieran suscrito el convenio especial regulado en la disposición adicional primera del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, el período máximo de prácticas a reconocer y computar por el nuevo convenio estaría constituido por la diferencia entre 1.825 días y el número de días que ya fueron reconocidos y computados en el anterior convenio especial.

Programas de investigación:

  • Programas de investigación de naturaleza investigadora. Solo se podrá realizar una única vez, a fin de posibilitar el cómputo de la cotización correspondiente a los periodos de prácticas realizados, hasta un máximo de 5 años (1.825 días).


Plazo de suscripción

Para suscripción hay un PLAZO DE DOS AÑOS, a contar desde la fecha de entrada en vigor, que será al mes siguiente de la publicación de la orden en el BOE: 1 de junio de 2024.

Máximo de 1.825 días de prácticas. Exclusiones: Pensionistas de jubilación o incapacidad permanente.

 

Cobertura

Prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia.

Efectividad tras ingreso total de cotización.


Solicitudes

  • Los interesados podrán solicitarlo de forma telemática en el registro electrónico de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
  • Aportar documentación acreditativa de las prácticas realizadas y de sus periodos de duración, con el número de días concreto en que se han realizado. Certificación de universidad o centro educativo. Empresas o entidades financiadoras (en caso de prácticas remuneradas).


Base de cotización

La base de cotización por el convenio especial estará constituida por la base mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en el año 2024, a la que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77.

  • Modalidades de pago único o fraccionado.
  • Domiciliación en cuenta bancaria.


Resolución

La resolución deberá dictarse y notificarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.

Silencio administrativo positivo si no se resuelve en plazo.


Recomendación CSIF

Desde CSIF recomendamos que se analice cada caso de manera individual en la Tesorería de la Seguridad Social.

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