CSIF exige al Gobierno un permiso parental retribuido de 8 semanas, conforme a la directiva europea y la justicia española.
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30 de de juliol de 2025

Conciliación de la vida familiar y de la vida profesional
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Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.
CSIF exige al Gobierno un permiso parental retribuido de 8 semanas, conforme a la directiva europea y la justicia española
- Gracias a las presiones de CSIF, España aumenta sus permisos retributivos. Pero son insuficientes
- Los tribunales ya han reconocido las 8 semanas en varias sentencias firmes, tanto en el sector público, como en el privado y nuestros servicios jurídicos seguirán trabajando
- Seguiremos peleando para conseguir las 8 semanas retribuidas de permiso parental, como marca la directiva de la Unión Europea
CSIF considera insuficiente la aprobación ayer (se adjunta cartel y la publicación en BOE del RD-ley) del permiso parental retribuido para el cuidado del menor hasta los 8 años, y exigimos que se cubran las 8 semanas que establece la directiva europea.
Reconociendo los avances en materia social, como la ampliación del permiso de paternidad y maternidad y los permisos para familias monoparentales, CSIF exige al Gobierno que cumpla la norma europea para favorecer la conciliación y evitar que la carga de los cuidados siga cayendo de manera mayoritaria sobre las mujeres.
CSIF es pionera en el reconocimiento judicial de este derecho. Logramos la primera sentencia en el Ayuntamiento de Barcelona, y posteriormente en juzgados de Valladolid y Cuenca, obteniendo las primeras resoluciones en los juzgados con carácter firme.
Las sentencias coinciden en señalar que tanto la justicia europea, el Tribunal Constitucional como el Supremo han determinado que el principio de primacía del derecho europea obliga a los jueces a interpretar las normas internas conforme al derecho europeo. Las disposiciones de la Directiva europea (UE) 2019/1158 son incondicionales, suficientemente claras y precisas, y el permiso parental debe ser retribuido. Por tanto, las sentencias imputan el retraso en el desarrollo reglamentario a la Administración.
Por eso vamos a continuar reclamando este derecho. Nuestros servicios jurídicos además valoran volver a llevar la queja a Bruselas para forzar al Gobierno a reconocer esta importante medida social, cuyo incumplimiento ya está generando sanciones millonarias para España.