MESA SECTORIAL 27 DE MAYO
27 de de maig de 2026

MESA SECTORIAL 27 DE MAYO DE 2026
1- RECONOCIMIENTO DE LA CARRERA PROFESIONAL
La Orden de 9 de octubre de 2008 del Departamento de Presidencia establecía un tercer tramo del componente singular de perfeccionamiento profesional del complemento específico que comenzaría a percibirse por parte de los empleados públicos de esta Administración a partir del 1 de enero de 2010. Sin embargo, la Ley de presupuestos para 2010 estableció inaplicable esta medida.
En todas las leyes de presupuestos posteriores se sigue reflejando esta inaplicación. En la Ley de presupuestos para el ejercicio 2024 seguía apareciendo este recorte vergonzoso, la pregunta es ¿hasta cuándo?.
No obstante, también se dice en la misma en que si existe previsión de crecimiento económico para el año 2024, se convocaran los órganos de negociación correspondientes al objeto de negociar las condiciones de inaplicabilidad de las clausulas mencionadas.
Por tanto, CSIF a la vista de que se cumplen los requisitos previstos, solicita la convocatoria de una Mesa General urgente en la que podamos negociar la implementación de este tercer tramo del componente singular de perfeccionamiento profesional del complemento específico e incluyendo la eliminación de esta restricción en la próxima Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, dado que es la intención de este nuevo Gobierno elaborar y aprobar una nueva Ley de Función Pública, será necesario que en ella se recoja una carrera profesional para el personal de Administración General de esta Comunidad Autónoma.
En caso de que no se quiera o se pueda sacar adelante una nueva Ley de Función Pública, exigimos igualmente la negociación de una carrera profesional tal y como se ha llevado a cabo en otras CCAA como por ejemplo, la Comunidad de Madrid, que ha sido capaz de negociar con las Organizaciones Sindicales una carrera profesional para sus empleados sin necesidad de apoyarse en una nueva Ley de Función Pública.
2- ELABORACIÓN DE UNA INSTRUCCIÓN PARA LA DISPOSICIÓN DE TELÉFONO CORPORATIVO PARA SALIDAS DE LOS CENTROS DE TRABAJO POR MOTIVOS LABORALES.
Desde CSIF se apoya la propuesta para la elaboración de una instrucción que regule el criterio para proporcionar terminales a todo el personal que realice salidas por motivos del desempeño de su puesto (Inspectores, veterinarios etc).
PREGUNTAS DE CSIF
1. Fecha prevista para la resolución del turno de traslados de personal laboral.
Desde Función Pública nos informan que la Resolución definitiva del turno de traslados se publicará en el BOA de 9 de junio y la toma de posesión se realizará el 1 de julio.
2. Pruebas extraordinarias Habilitaciones de PSA.
Por parte de Función Pública no existe una previsión concreta y se estudiará su viabilidad para convocarse durante este año.
3. Fecha prevista para la nueva oferta de plazas del CAP.
No existe previsión a fecha de hoy, para una nueva convocatoria.
4. CONVOCATORIA WEB para AGENTES DE PROTECCION DE LA NATURALEZA para el operativo de alerta de incendios.
Se nos ha informado que está previsto que este próximo viernes se realice el llamamiento web.
5. JUBILACION PARCIAL PERSONAL LABORAL.
- Se está elaborando una Instrucción donde se regula el procedimiento y los requisitos para poder realizar la SOLICITUD de jubilación parcial
- Según nos han comunicado se va a poder empezar a realizar la solicitud a través de la aplicación informática desde el 15 de junio. Únicamente se atenderán las solicitudes presentadas a través de la plataforma, no será tenida en cuenta cualquier otra solicitud presentada con anterioridad fuera de esta plataforma.
IMPORTANTE: Disponer de los certificados electrónicos, clave permanente, etc. para poder realizar la solicitud.
- Una vez presentada la solicitud por parte del empleado que pretenda prejubilarse, por parte de los responsables de personal del departamento correspondiente se analizará y la solicitud pasará del estado “Presentada” a “Verificada”. Hay que tener en cuenta que, si no se cumplen los parámetros para la prejubilación, la plataforma no permitirá presentarla dando un mensaje informativo advirtiéndolo.
- También hay que tener en cuenta que la fecha de jubilación que habrá que introducir en la solicitud deberá ser la que le correspondía en su momento, es decir, si una persona podía haberse prejubilado el 1 de septiembre de 2025, será esta fecha la que habrá que consignar. La aplicación ordenará las solicitudes por fecha en la que el empleado podría jubilarse y no por la fecha de presentación de la solicitud.
- La aplicación estará abierta de forma permanente, por lo que cualquier empleado que desee realizar su prejubilación podrá formular la correspondiente solicitud cuando estime conveniente. Hay que tener en cuenta que se podrán realizar tantas solicitudes se quieran, pero únicamente la última realizada será la tenida en cuenta.
Nos han informado que las fechas previstas para la realización de los exámenes de relevista tendrán lugar en SEPTIEMBRE DE 2026.