El derecho a vacaciones de los contratos temporales en Correos

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27 de June de 2022

CSIF te recuerda que por cada mes completo de trabajo tienes derecho a 2,5 días.

Si tienes un contrato temporal ¿tienes derecho a vacaciones?

La respuesta es sí.

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¿Cómo las solicito?

CSIF te recomienda que siempre lo hagas por escrito. Hay un impreso de solicitud de vacaciones que debes pedirselo al responsable de tu unidad. Debes quedarte con copia sellada, firmada y fechada.

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¿Qué te corresponde?

Por cada mes completo de contrato (sea a jornada completa o a media jornada) son 2,5 días de vacaciones. 

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¿Y días de asuntos propios?

Debes solicitarlos también por escrito. Y, en este caso, la media son 0,5 días por cada mes de contrato completo.

 

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¿Y si te los deniegan?

Se trata de un derecho que la empresa no debe negarte, porque en el Convenio de Correos no se habla de esa posibilidad. Sólo se dice en el artículo 56 que  "si al tiempo de extinción de la relación laboral las vacaciones no hubieran podido disfrutarse, en la liquidación salarial se percibirá la compensación económica equivalente". 

 

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✔️La realidad es que la contratación está bajo mínimos en Correos. 
✔️Se está incumpliendo la máxima de CSIF de cubrir cada puesto de trabajo.
✔️Actualmente, faltan 1 de cada 3 empleados. 

 

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