Uso obligatorio mascarilla COVID19

  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Funcionario
  • Laboral

20 de May de 2020

[[{"fid":"540951","view_mode":"default","type":"media","link_text":null,"attributes":{"height":840,"width":626,"class":"media-element file-default"}}]]

Hoy 20 de mayo se han publicado en el BOE, Núm. 142, la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

 

El uso de mascarilla será obligatorio, a partir de mañana día 21 de mayo, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al blico, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

 

Se podrá usar cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.

 

Quedan obligados al uso de mascarillas las personas de seis años en adelante, salvo:

 

  1. Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

 

  1. Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

 

  1. Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

 

d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

ℹ️ Más información en: https://www.mscbs.gob.es/gabinete/notasPrensa.do?id=4929

Arxius adjunts

GALERIA

COMPARTIR