GESTIÓN PROMOCIÓN INTERNA. Se hace pública la relación provisional de méritos de la fase de concurso.

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20 de maio de 2020

Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia, Acuerdo del Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, sístema de Promoción Interna por el que se hace pública la relación provisional de meritos de la fase de concurso, por ámbitos territoriales. 

Los aspirantes disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Acuerdo en la página Web del Ministerio de Justicia, para alegar las rectificaciones que estimen oportunas respecto a la puntuación otorgada en la fase de concurso.

Las alegaciones se presentarán por vía telemática en el correo electrónico del tribunal habilitado al efecto: promociongestionprocesal_tcu@mjusticia.es  El/la aspirante, para su correcta identificación deberá especificar en el asunto del correo a enviar: Subsanacion_AMBITO_DNI_APELLIDOS, NOMBRE, por este orden.

Ejemplos: Subsanacion_MINISTERIO DE JUSTICIA_00345678Z_PEREZ LOPEZ, ANDRES
Subsanacion_CANARIAS_05654321A_JIMENEZ SANCHEZ, MARIA

Nota: No utilizar acentos y el DNI con 9 dígitos (8 números + letra)

Indica asimismo el Tribunal que a la vista del volumen de documentación excluida de valoración que presentaron muchos aspirantes junto con sus autoevaluaciones y que contenían puntuaciones incorrectas, se recuerda en el acuerdo mérito a mérito los motivos por los cuales estos documentos no se valoran . Son los siguientes:

- Titulaciones: En caso de reclamación de este mérito, los aspirantes deberán aportar el título o certificado correspondiente, ya que las puntuaciones recogidas en la lista provisional son el resultado de la consulta realizada de oficio al Ministerio de Educación. 

- Cursos: Se recuerda a los aspirantes que no se valoran los cursos de 10 o menos horas de duración, los que no tengan contenido claramente jurídico o informático, ni aquellos impartidos por organismos públicos no incluidos en la convocatoria, ni por empresas privadas ni los anteriores al 8 de abril de 2009 (10 últimos años desde la convocatoria), ni los posteriores al 9 de mayo de 2019 (fecha de finalización del plazo de presentación de instancias). Tampoco se pueden valorar los que no conste de alguna manera el aprovechamiento, conforme a la orden de convocatoria, ya que este Tribunal no puede entrar a juzgar qué cursos pueden ser aptos o no, de no constar aquél extremo. 

- Idiomas extranjeros: Solo se computan los títulos del Marco de Referencia de Lengua Europeo (First, profiency, Advanced, etc), incluido el título obtenido tras cursar y pagar las tasas de las Escuelas Oficiales de Idiomas. No son oficiales aquí los impartidos por los Institutos de Administración Pública (Nacional o autonómicos), Ministerios, Comunidades Autónomas u organizaciones sindicales. Tampoco las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas puntúan en este apartado. Se informa además que solo es puntuable el título de mayor nivel por cada idioma. 

- Ejercicios de las convocatorias 2015 y 2016: En caso de que algún ejercicio no se haya valorado, el opositor/a deberá dirigir al buzón habilitado escrito de subsanación indicando claramente qué ejercicio (1º, 2º o 3º), de qué convocatoria (2015 o 2016) y por qué turno (libre o promoción) no se le ha valorado, para su correcta comprobación y, en su caso, rectificación. La nota alcanzada debe ser superior al 50 % de la posible en cada ejercicio. 

- Servicios prestados: Se recuerda que solo se valoran los servicios prestados a partir del 1 enero de 2004 y hasta el 9 de mayo de 2019, conforme a la orden de convocatoria. En caso de reclamación de este mérito, los aspirantes deberán adjuntar el certificado correspondiente, ya que las puntuaciones recogidas en la lista provisional son el resultado de la consulta realizada de oficio a los departamentos correspondientes del Ministerio de Justicia o CCAA donde esté prestando servicio. 

- Lengua autonómica: Se informa que este mérito no está comprendido en el apartado C del baremo (idiomas extranjeros) sino en el I-C (lenguas oficiales autonómicas) para la formación del subescalafón y que solo se valorará la aportación de la certificación lingüística, si solicitaron en su día Documentar  la prueba en su solicitud de participación y así consta en la relación definitiva de admitidos.

Asimismo, indica que por Acuerdo del Tribunal, se irá convocando a la realización de estas pruebas en los distintos ámbitos, para aquellos aspirantes que superen el proceso y hayan indicado Realizar en su solicitud de participación, según la relación definitiva de admitidos.  

 

Clica aquí para acceder al anexo con la valoración provisional de méritos

 

CSIF tiene un modelo de reclamación a disposición de los interesados. Para cualquier duda contacta con nosotros o con tu delegado de CSIF.

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