Preguntas Frecuentes del PDI sobre Sexenios

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11 de abendua de 2018

- Convocados los Sexenios de Investigación y el de Transferencia https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/30/pdfs/BOE-A-2018-16379.pdf desde CSIF, con esta iniciativa en sistema FAQs, intentamos ayudar en un momento muy apropiado a informar y a responder a las numerosas preguntas que el Personal Docente e Investigador se plantea sobre el tema de los Sexenios de Investigación.

¿Qué es un sexenio?

Es el reconocimiento de un tramo de investigación de seis años, que pueden ser o no consecutivos.

 

¿Qué es un tramo?

Un tramo es un período investigador de seis años que pueden ser consecutivos o no. Los años han de ser naturales (comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre). Sólo las fracciones superiores a ocho meses se consideran como año natural.

 

¿Cuándo se solicita?

Se solicita anualmente, durante el periodo abierto por la CNEAI (Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora), completando un formulario online donde se presentan cinco aportaciones, elegidas por los solicitantes, publicadas en el tramo de seis años para el que se solicita el sexenio.

 

¿Cuántos tramos puedo solicitar?

Tantos como se quiera hasta un máximo de seis.

 

¿Quién otorga los sexenios?

Para los contratados laborales (Profesor Contratado Doctor y Profesor Contratado Doctor interino), aunque las solicitudes son evaluadas por la CNEAI, la resolución la dicta el rector de la propia universidad.

Para los funcionarios, el tramo lo otorga directamente la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), previa evaluación de la CNEAI.

 

¿Cuál es la documentación requerida para solicitar un sexenio?

  • Impreso de solicitud firmado.
  • CV abreviado, que son las cinco aportaciones para evaluar. Cada una de ellas irá acompañada de un resumen (extensión máxima de página y media) donde indicará los principales logros conseguidos, y los principales indicios de calidad de cada aportación.
  • Hoja de servicio.
  • Certificados o contratos que avalen la actividad investigadora en organismos que no estén reflejados en la hoja de servicios.
  • CV completo, que no es obligatorio adjuntarlo en formato normalizado, aunque sí aconsejable. Detallar especialmente la actividad desarrollada y todas las publicaciones del periodo que está sometiendo a evaluación.

No es necesario incluir ningún tipo de fotocopia o copia impresa de las aportaciones.

 

¿La investigación en las diferentes áreas de conocimiento se evalúa por igual?

No, los criterios específicos de calidad de la investigación cambian según el área de conocimiento. La CNEAI establece 11 campos temáticos, para cada uno de los cuales hay unos requisitos que marcan la calidad de la investigación. El solicitante decide bajo qué campo quiere que le evalúen. Para la convocatoria de 2018, los criterios para cada campo pueden encontrarse enhttps://www.boe.es/boe/dias/2018/11/26/pdfs/BOE-A-2018-16138.pdf

III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES16138 Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios

 


y la convocatoria en https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/30/pdfs/BOE-A-2018-16379.pdf

 

¿Para el reconocimiento de un sexenio, se pueden pedir tramos de seis años, con años no consecutivos?

Sí. Pero debemos tener en cuenta que los años no incluidos quedan inhabilitados para construir un sexenio posterior. Por ejemplo, sexenio 2010, 2011, 2013, 2015, 2016, 2017 es posible, pero descarta los años 2012 y 2014 para futuros sexenios. El siguiente sexenio tendrá que construirse a partir de 20018.

 

En el caso de solicitar un sexenio y que lo denegasen ¿habría que esperar tres años hasta solicitar un nuevo sexenio?

No, podría solicitar sexenio en la convocatoria siguiente, pero debe recordar que tres de los años del sexenio rechazado han quedado inhabilitados para usarse en posteriores convocatorias.

 

¿Desde cuándo se considera que un investigador puede incluir publicaciones para ser evaluadas?

El año siguiente a la obtención del Grado o Licenciatura ya puede incluirse para construir sexenios, siempre y cuando exista un contrato o certificado que acredite que el solicitante desarrolló una labor adscrita a la investigación. Esta vinculación debe ser al menos de 8 meses durante un año, para que éste pueda considerarse válido para construir un sexenio.

 

¿Hay que presentar publicaciones de todos los años solicitados en un sexenio?

Las cinco publicaciones presentadas deben haber sido publicadas durante el sexenio que se solicita, pero no tiene que haber una publicación todos los años y un año puede contar con más de una publicación.

 

¿Qué ocurre si elijo mal mis cinco publicaciones?

La Comisión evaluadora tiene la obligación de buscar una alternativa dentro del currículum del solicitante (de ahí la importancia de detallar el periodo que solicitamos como sexenio) en el caso de que descarte una publicación de las aportadas por el solicitante. Otra cuestión es que no haya alternativa o que ninguna alternativa cumpla con los requisitos establecidos.

 

¿Es posible solicitar la evaluación única de la producción investigadora?

Se puede solicitar la evaluación única de la actividad investigadora desarrollada hasta el 31 de diciembre de 2018 como tope, y si es la primera vez que se solicita un sexenio. La Comisión Nacional evaluará conjuntamente toda la actividad investigadora presentada y asignará los tramos que procedan.

 

¿Cuál es la puntuación necesaria para la aprobación de un sexenio?

Cada aportación se valora de 1 a 10 puntos, por tanto, el máximo a obtener sería de 50 puntos. Para conseguir el sexenio hay que alcanzar al menos, la puntuación de 30 puntos.

 

¿Es posible reclamar la denegación de un sexenio?

Sí es posible.

Según el punto 8 del Anexo de la Convocatoria de Sexenios, contra la resolución de la CNEAI, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de ANECA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.3 de los Estatutos de ANECA, aprobados por Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde se establece que el plazo de este tipo de recursos es de 1 mes.

 

¿Cuándo "muere" un sexenio?

En la convocatoria de 2018, dejan de tener su sexenio activo los profesores cuyo último año evaluado positivamente fue 2012, ya que están en disposición de solicitar un nuevo tramo para el periodo 2013-2018

 

 Notas sobre el proyecto piloto para el 2018 de Sexenio de Transferencia:

 

  • Puede solicitarse independientemente de los sexenios de investigación.
  • Sólo podrá solicitarse un tramo de seis años.
  • También se evalúa de forma independiente. Puedes conseguir ambos (investigación y transferencia) o puedes obtener uno pero no el otro.
  • Será retribuido igual que el de investigación.
  • Para solicitarlo se deberá haber obtenido un tramo de investigación antes del 31 de diciembre de 2018.
  • Lo puede solicitar también el PDI contratado laboral (Profesor Contratado Doctor y Profesor Contratado Doctor interino).

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