CSIF Región de Murcia logra una sentencia que reconoce a una funcionaria del SEPE el derecho al nivel 16 y al cobro de las diferencias salariales
- Asesoría Jurídica
13 de October de 2026
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia considera injustificado que funcionarios que realizan las mismas funciones y tienen idénticas responsabilidades perciban retribuciones diferentes por la fecha en la que tomaron posesión
Desde CSIF Región de Murcia, a través de nuestra Asesoría Jurídica, hemos conseguido una sentencia estimatoria del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia que reconoce a una de nuestras afiliadas el derecho al nivel 16 de grado personal, con los correspondientes complementos de destino y específico, desde su toma de posesión como funcionaria de carrera del subgrupo C1. Además, la resolución reconoce su derecho a percibir las diferencias retributivas correspondientes desde esa fecha, con las actualizaciones anuales aplicables hasta la actualidad.
Esta resolución se fundamenta en las mejoras retributivas previstas en el II Acuerdo para la mejora del Empleo Público, que establecía para el subgrupo C1 un nivel mínimo 16 de complemento de destino y un complemento específico mínimo de 4.152,82 euros.
Nuestra afiliada reclamaba que se estaba produciendo una situación de desigualdad respecto a otros funcionarios del mismo subgrupo que desempeñan las mismas funciones y asumen idénticas responsabilidades. En concreto, denunciaba que la fecha de toma de posesión se utilizaba como criterio para justificar diferencias salariales entre empleados públicos que realizan el mismo trabajo.
Durante el procedimiento judicial, la Administración defendió que las mejoras retributivas reclamadas solo podían aplicarse a los puestos de trabajo incluidos en las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo aprobadas por los órganos competentes. También argumentó que el reconocimiento del nivel 16 y de los complementos correspondientes requería una modificación previa de dicha relación y que los fondos adicionales previstos en los acuerdos de 2018 y 2019 tenían límites presupuestarios y temporales.
Sin embargo, el Tribunal considera que no existe una justificación suficiente para mantener esa diferencia retributiva cuando los funcionarios afectados realizan las mismas funciones y tienen idénticas responsabilidades. La resolución señala que la Administración no ha ofrecido una razón que justifique que empleados públicos en una situación equivalente perciban retribuciones diferentes.
Los magistrados entienden que utilizar únicamente la fecha de toma de posesión para establecer esa diferencia supone un trato desigual contrario al principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española.
Por este motivo, la sentencia reconoce el derecho de nuestra afiliada a que se le compute el nivel 16 desde la fecha en la que tomó posesión como funcionaria de carrera, así como a percibir los complementos de destino y específico correspondientes y las diferencias salariales reconocidas en la resolución.
Desde CSIF Región de Murcia valoramos esta sentencia como un avance en la defensa de los derechos laborales y retributivos de los empleados públicos. Este resultado demuestra la importancia de contar con una asesoría jurídica que estudie cada caso, defienda los derechos de las personas afiliadas y acuda a los tribunales cuando considera que se ha producido una vulneración de sus derechos.
La sentencia todavía no es firme, ya que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Desde CSIF Región de Murcia, a través de nuestra Área Jurídica, seguimos sumando victorias en la defensa de los derechos de los empleados públicos. Continuamos trabajando para que se reconozcan sus derechos, se corrijan las situaciones de desigualdad y se garantice un trato justo en sus condiciones laborales y retributivas. Cada resolución favorable refuerza nuestro compromiso con las personas que confían en CSIF para defender sus derechos.
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