Ayto. de Siero.- Modificación de las normas para la gestión de las bolsas de empleo

2 de October de 2026

SIERO | Nuevas normas de gestión de bolsas de empleo (BOPA 2/10/2026)

El Ayuntamiento de Siero ha aprobado la modificación de las normas reguladoras del funcionamiento de sus bolsas de empleo, actualizando criterios de gestión, llamamientos y renovación. Las principales novedades son:

🔹 Tipos de bolsas

  • Promoción interna: para personal funcionario del Ayuntamiento.

  • Acceso libre: procedente de procesos de libre concurrencia.

🔹 Reparto de llamamientos

  • Cuando existan bolsa interna y externa activas: 50% – 50%, comenzando siempre por la interna.

  • Si una bolsa se agota, los llamamientos se harán exclusivamente desde la activa.

🔹 Orden de prelación

Se establece según:

  1. puntuación total del proceso selectivo,

  2. nº de ejercicios aprobados,

  3. puntuación en ejercicios,

  4. experiencia,

  5. formación,

  6. edad,

  7. sorteo.

🔹 Llamamientos y comunicaciones

  • Un único correo electrónico como medio de contacto.

  • Si no se responde en 24 horas, se considera no interesado.

  • Tras tres no respuestas, el aspirante pasa al último puesto de la bolsa.

🔹 Mejora de empleo

Posibilidad de acceder a un nombramiento de mayor duración respetando el orden de bolsa. La renuncia justificada no penaliza si no afecta al llamamiento inicial.

🔹 Exclusiones y excepciones

Se establecen causas de exclusión y situaciones justificadas que permiten permanecer en la bolsa (maternidad/paternidad, IT, cargo público, relación laboral vigente, deber público, etc.).

🔹 Finalización de contratos

Cese por fin de la causa que motivó la contratación o incorporación de personal fijo. En empates, se atiende a antigüedad, tiempo trabajado y edad.

🔹 Uso de otras bolsas

En casos de urgente necesidad y bolsas agotadas, podrán utilizarse bolsas de otras administraciones con funciones similares.

🔹 Entrada en vigor y recursos

Las normas entran en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPA. Se puede presentar recurso de reposición en un mes o contencioso-administrativo en dos meses.

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