Si trabajas el día de las elecciones autonómicas, tienes derecho a un permiso retribuido para ir a votar.
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5 de March de 2026
Si trabajas el día de las elecciones autonómicas, tienes derecho a un permiso retribuido para ir a votar. La duración de este permiso depende de cómo coincida tu horario laboral con la apertura de los colegios electorales.
1. Duración del permiso para votar
La cantidad de horas libres que te corresponden se calcula según el tiempo de solape entre tu jornada y el horario de votación:
| Solape con el horario de votación | Tiempo de permiso |
| Menos de 2 horas | No hay derecho a permiso |
| Entre 2 y 4 horas | 2 horas de permiso |
| Entre 4 y 6 horas | 3 horas de permiso |
| Más de 6 horas | 4 horas (máximo legal) |
2. Casos especiales: Mesa Electoral o Interventores
Si te ha tocado estar "al otro lado" de la urna, las reglas cambian:
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Presidentes, vocales e interventores: Tienen derecho a un permiso retribuido de la jornada completa el día de la votación. Además, tienen derecho a una reducción de 5 horas en su jornada laboral del día inmediatamente posterior (el lunes).
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Apoderados: Tienen derecho a un permiso retribuido de la jornada completa el día de la votación, pero no tienen las 5 horas de reducción el lunes.
3. Puntos clave a tener en cuenta
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No te pueden descontar el sueldo: Es un permiso retribuido; cobras como si hubieras trabajado. Tampoco tienes que recuperar esas horas otro día.
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La empresa decide el cuándo: El empresario tiene la potestad de organizar los turnos para que la gente vaya a votar de forma escalonada.
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Pide el justificante: Es fundamental solicitar en la mesa electoral el justificante de voto (un modelo oficial firmado) para entregarlo en tu departamento de RR.HH. o a tu jefe.
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Voto por correo: Si optas por el voto por correo, también tienes derecho a un permiso (de hasta 4 horas) para ir a la oficina de Correos a realizar las gestiones, siguiendo la misma lógica de solape de horarios.
