Aprobado el calendario de fiestas laborales para 2026, que traslada al lunes las festividades de todos los Santos y la Constitución

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28 de October de 2025

El pasado 29 de mayo se aprobaron las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en Castilla y León para 2026, publicandose hoy la Resolución de 17 de octubre de 2025 de la Dirección General de Trabajo:

  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 6 de enero: Epifanía del Señor
  • 2 de abril: Jueves Santo
  • 3 de abril: Viernes Santo
  • 23 de abril: Fiesta de la Comunidad Autónoma
  • 1 de mayo: Fiesta del Trabajo
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre: Todos los Santos (se traslada al lunes 2 de noviembre)
  • 6 de diciembre: Día de la Constitución Española (se traslada al lunes 7 de diciembre)
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre: Natividad del Señor

Como señala el decreto de la Junta de Castilla y León que aprueba el caledario del 2026,  la elaboración se ha realizado manteniendo el respeto a las fiestas tradicionales de la Comunidad Autónoma, las demandas sociales y las necesidades del sistema productivo. Además, ha contado con la consulta previa al Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León, en el que están representadas las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Igualmente, se ha sometido al correspondiente trámite de participación, audiencia e información pública, sin que se haya registrado ninguna sugerencia en contra.

Estas catorce fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que deberán ser determinadas para cada municipio por la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del ayuntamiento respectivo.

A través de la Resolución de 17 de octubre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de fiestas laborales comunicadas por las CCAA para el 2026

Arxius adjunts

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