El Gobierno aprueba el decreto que pone coto a la proliferación sin control ni calidad de universidades privadas, tal y como lleva tiempo exigiendo CSIF.
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- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Personal de Universidad
8 de October de 2025

La norma trata de frenar la proliferación de privadas e impone, entre otros, los siguientes requisitos:
- Visto bueno de ANECA o agencias de calidad autonómicas
- Informe de la Conferencia General de Política Universitaria, preceptivo pero no vinculante
- Alcanzar los 4.500 alumnos en seis años
- Oferta académica conformada, al menos, por diez títulos oficiales de Grado, seis títulos oficiales de Máster y tres programas oficiales de Doctorado.
- Destinar el 5% de su presupuesto anual a la investigación
- Ha de contar con 50% de doctores y doctoras para el conjunto de enseñanzas sobre la totalidad de la plantilla de profesorado.
- Los alumnos de grado o doble grado deberán suponer como mínimo el 50% del total de alumnos matriculados
- Ofrecer un 10% de plazas de alojamiento
- Se exigirá que las universidades nuevas demuestren solvencia económica con un aval
- Las universidades con una oferta de estudios mayoritariamente online serán de competencia estatal, exceptuando aquellas que cumplan uno de estos tres requisitos: las que cuenten con precios públicos fijados por cada comunidad autónoma (como la Universidad Oberta de Cataluña); las que tengan su sede en territorios con lengua propia cooficial y cuando al menos el 50% de la docencia se vaya a impartir en dicha lengua.
- Las universidades virtuales, cuya docencia sea online en más del 80%, y con sede social en España tendrán que cumplir el requisito de que el 75% de su PDI resida en España o en algún país de la Unión Europea.
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Universidades
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Real Decreto 905/2025, de 7 de octubre, por el que se modifican el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios; el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos; el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales; y el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.