Agricultura incurre en una desviación de poder al favorecer a trabajadores que excedieron el límite legal de ocupación temporal

11 de November de 2025

-La sentencia lograda por CSIF demuestra que la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural convocó un proceso con unas bases que hacían “prácticamente imposible el acceso a los puestos convocados de funcionarios distintos a los que ya los ocupaban”.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Toledo que demuestra cómo la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural incurrió en una grave mala praxis administrativa que condujo a la desviación de poder para consolidar situaciones laborales irregulares que se habían mantenido durante más de una década.

La Consejería convocó un concurso singularizado de méritos en septiembre de 2022 para cubrir las jefaturas de las oficinas comarcales agrarias (OCAs), puestos de trabajo que habían sido ocupados de manera temporal mediante comisiones de servicio durante más de 15 años, superando con creces el límite legal de dos años establecido en la Ley de Empleo Público de Castilla-La Mancha.

La Administración regional llevó a cabo un diseño arbitrario en las bases de concurso que recompensaba directamente este incumplimiento de ley: limitaba la valoración de la experiencia a los cuatro años anteriores a la convocatoria otorgando una clara ventaja a los funcionarios que ya ocupaban esos puestos temporalmente más allá del plazo legal.

La sentencia, de 31 de octubre, subraya que esta “configuración arbitraria del sistema de provisión” hacía “prácticamente imposible el acceso a los puestos convocados de funcionarios distintos a los que ya los ocupaban”, y va incluso más allá subrayando que esta provisión por concurso singularizado es “contraria a los principios de igualdad, mérito y capacidad, con la consiguiente desviación de poder de la Administración convocante”.

CSIF celebra esta sentencia y sitúa en el foco la grave mala praxis de la Consejería de Agricultura, que no sólo no corrige la temporalidad llevada a cabo por el exceso de comisiones de servicio irregulares, sino que blinda las plazas a favor de los ocupantes discriminando al resto de funcionarios que podrían haber aspirado a las mismas. 

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