MESA SECTORIAL 4 DE JUNIO. TEMAS DESTACABLES.

4 de June de 2025

NEGOCIACION DE LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA EL CONCURSO ABIERTO Y PERMANENTE
NEGOCIACIÓN DE UNA NUEVA INSTRUCCIÓN PARA CRITERIOS DE GESTIÓN DE LAS LISTAS DE ESPERA PARA PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO Y PUESTA EN MARCHA DE LA PLATAFORMA ELECTRÓNICA PPFI.

TEMAS DESTACADOS

1.-Negociación de la propuesta final de la Administración para modificación de la ORDEN HAP/706/2021 de 7 junio para la valoración de los méritos del Concurso Abierto y Permanente de Personal Funcionario.

Tras 7 mesas técnicas y 4 meses de trabajo, hoy en Mesa Sectorial se ha aprobado la propuesta de modificación del Baremo del CAP que nos ha presentado finalmente la Administración con el voto en contra de CSIF y del resto de Organizaciones Sindicales.

Nuestra valoración del CAP es muy positiva, y su implantación una gran mejora para la movilidad del personal funcionario de esta Administración, siendo casi la única manera de progresar laboralmente ante la ausencia de carrera profesional con una evaluación del desempeño.

NO estamos de acuerdo en algunos puntos que han permanecido en el texto tras las propuestas que expusimos y los debates mantenidos en las mesas técnicas y pasamos a detallar los más relevantes:

1.Propusimos elevar de 5 a 10 la puntuación relativa a la formación general para los puestos no singularizados. Se ha dejado en 5 que es a nuestro juicio muy baja y desincentiva a los funcionarios/as para formarse. Con tan solo 500 horas de formación valorables.

2.Y esto queda así cuando se ha elevado a 17 puntos en el caso de la formación general de los puestos singularizados. Hay ahora una gran descompensación entre puestos no singularizados y singularizados.

3.Se ha hecho oídos sordos a nuestra propuesta de que se valoren tanto master, como postgrados y doctorados en un apartado específico de títulos: al menos para el personal A1 y A2 (para los que es preciso contar con titulación universitaria para su acceso). Y se han dejado únicamente los doctorados metiéndolos en el apartado de formación; al mismo nivel que un curso o jornada sobre cualquier tema, algo que no tiene ningún sentido y que no acabamos de comprender. Sospechamos que hay alguien con doctorado a quién se quiere favorecer porque cualquier otra opción no tiene lógica ninguna.

No es de recibo que cuente más un curso de internet en la nube que un master en seguridad cibernética por ejemplo. El argumento de que estos cursos cuestan dinero no nos convence; este tipo de formación: un master, un posgrado, no solo cuestan dinero (pudiendo además estar becados), sino que supone un esfuerzo y un sacrificio para el alumno/a que no se entiende que no sean valorados como mérito en un concurso.

4.Tampoco estamos de acuerdo en que en el artículo 18 de Especialización (apartado 13) se equipare una clase de personal como son los funcionarios interinos realizando unas tareas que implican especialización y responsabilidad mediante un nombramiento forzoso (o te quedas sin trabajo) con formas de provisión voluntarias para el funcionario de carrera como las CS o las PIT.

Las sentencias judiciales dejan muy claro que no puede valorarse en un Concurso de méritos, los servicios desempeñados en su etapa de funcionario interino de forma distinta que a un funcionario de carrera en idénticas condiciones.

Esta decisión de limitar a un año la especialización para el personal en su etapa como interino es muy dudosa para nosotros y no podemos aceptarla.

Recordamos que el ocupar un puesto singularizado, no de base, por parte de personal interino, no solo debe tener carácter excepcional sino que se exige un periodo de prueba para cada ocupación; las funciones y tareas, el nivel de exigencia es el mismo para un interino que para un funcionario de carrera en el mismo puesto, por tanto no puede limitarse la valoración de distintos méritos a un año por su carácter interino.

Todas las barbaridades que se han cometido en esta administración con el abuso de las contrataciones temporales son responsabilidad exclusiva de la Administración por su penosa gestión y no de las personas contratadas, a las que se pretende penalizar ahora; que han elegido trabajar, (no tenían elección) en lo que se les ofertaba o eran incluso expulsados de las listas al rechazar dicha oferta de puesto.

5.Entendemos la complejidad para la gestión de un baremo como este con tantas precisiones y apartados. Aceptamos la decisión del Servicio de eliminar la clasificación de los cursos de formación asociados a un sola área funcional por la dificultad para asignarla y conocedores del gran número de reclamaciones que al respecto se han generado.

EN CONCLUSIÓN

En opinión de CSIF no se ha acometido una reforma valiente del BAREMO, habiéndose centrado más en facilitar la gestión del concurso por parte del servicio responsable que en favorecer a los trabajadores y subsanar algunos fallos o defectos comprobados tras dos ediciones del CAP y sobre los que CSIF ha recibido numerosas quejas que hemos trasladado en  mesas de trabajo previas y que hoy hemos puesto sobre la mesa.

Por este motivo y por los puntos anteriormente expresados no hemos apoyado esta modificación.

Eso sí con el cambio o sin el cambio lo que  CSIF ha exigido es que se convoque el CAP, cuanto antes, y ha solicitado que se nos informe sobre la previsión de fecha para una nueva oferta de plazas en su tercera edición, de forma más concreta.

La Jefa de Servicio de clasificación y concursos se ha comprometido a informar sobre la fecha lo antes posible , una vez finalizado el trámite para la publicación de la modificación, reiterando que la toma de posesión diferida no podrá ser hasta febrero/ marzo de 2026.

 

2- Negociación de la Instrucción de la Dirección General de la Función Pública por la que se establecen los criterios generales de gestión y llamamiento para el nombramiento de personal interino en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La puesta en marcha de la plataforma para la oferta de plazas y contratación de personal funcionario interino ha sido una demanda continua de CSIF . Era necesario dotarse de una respuesta adecuada, más acorde con los tiempos que vivimos para la gestión de las listas de espera, llamamientos y nombramientos de personal interino que por fin se hace realidad.

La idea es agilizar el procedimiento de la oferta y adjudicación de los puestos, dotar al sistema de transparencia, reducir al mínimo los llamamientos mediante localización telefónica y acortar sensiblemente el tiempo para la cobertura de una vacante.

En cuanto a la instrucción comenzamos con la idea de dotarnos de una normativa básica para la implantación del PPFI y hemos terminado con un texto que refunde y sustituye todo lo anterior e introduce una serie de mejoras y cambios que son muy positivos dejando de ser una suma de añadidos que entorpecían su comprensión.

Ha sido un proceso negociador largo pero muy participativo en el que se ha debatido mucho, con un ánimo muy constructivo y se han introducido muchos cambios en el texto, hasta el último momento, con una clara intención de que fuera comprensible y clarificador en cada uno de los supuestos que puedan darse.

Hay algunos artículos con los que CSIF no ha quedado totalmente satisfecho aunque reconocemos que la Administración, ha negociado, se han escuchado a todas las partes y se ha mejorado la redacción de los procedimientos con gran cantidad de nuevos matices respecto a la normativa anterior.

¿Qué pensamos desde CSIF que era mejorable?

Por ejemplo el artículo 18 relativo al cambio de puesto de trabajo con una mejora de empleo para el personal interino; aunque para CSIF solo debería significar una suspensión en la lista de origen, ha quedado finalmente en una penalización que lleva al funcionario interino al último lugar del bloque de listas .

Sin embargo ya no conllevará una injusta expulsión DEFINITIVA  como sucedía en la normativa anterior , situación que habíamos reclamado en sucesivas ocasiones.

El artículo 20 de exclusiones aunque no recoge finalmente todas las propuestas de CSIF ha matizado sensiblemente las posibles penalizaciones.

El artículo 23 relativo a la localización telefónica, convierte este procedimiento en más excepcional, para situaciones de urgencia, más transparente y con mayores garantías tanto para los aspirantes como para el personal que lo gestiona.

Por todo lo expuesto, CSIF, tras una valoración final del resultado de conjunto da su voto favorable a la nueva instrucción que regulará PPFI-

Solicitamos con vistas a futuro que se planifiquen Mesas técnicas para la actualización y refundición en un solo texto de la gestión de las bolsas de empleo para personal laboral, con la idea de que se implante el mismo sistema para todos los trabajadores: funcionarios y laborales.

También entendemos que el ámbito geográfico debe ser ordenar listas de espera por localidades para una mayor eficiencia en la selección de aspirantes y poder cubrir las localidades sin tener que acudir a las listas excepcionales a través de INAEM.

La instrucción ha sido aprobada con unanimidad por sindicatos y Administración.

 

PREGUNTAS CSIF

INFORMACION SOBRE HABILITACIONES: En el BOA de hoy han salido publicadas las listas provisionales, abriéndose un plazo de 10 días para alegaciones.

Las fechas de exámenes son 4, 5 y 6 de julio, tal y como se anunció posibilitando la participación en varios exámenes a las personas que aspiran a categorías profesionales distintas.

Su organización sigue su curso con normalidad, próximamente saldrán publicados los listados definitivos y se prevé la realización de exámenes en la Facultad de Derecho y el Instituto Aragonés de Juventud.

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